MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

PUERTO PUNTA CAULLAHUAPI S.A.

RUT 76116759-6 CVE 2320238
Fecha instrumento
26 de abril de 2023
Notaría
Puerto Montt

Instrumento

Fecha
26 de abril de 2023
Repertorio
4588
Comuna
Puerto Montt

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Terminales Marítimos de la Patagonia S.A socio 76837186-5
Inmobiliaria Chincui SpA socio 76722280-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Felipe San Martín Schröder, Notario Titular de la 2° Notaría de Puerto Montt, con oficio en calle Urmeneta número 414, ciudad de Puerto Montt, certifico que: por escritura pública hoy ante mi, Repertorio N°4.588, En Junta Extraordinaria de Accionistas de PUERTO PUNTA CAULLAHUAPI S.A., Rol Único Tributario número 76.116.759-6, inscrita a fojas 923 número 821 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año 2010 (en adelante la “Sociedad”), celebrada con fecha 26 de abril de 2023, Terminales Marítimos de la Patagonia S.A., RUT 76.837.186-5, domiciliado en Camino a Chinquihue Km 4,6, Puerto Montt, e Inmobiliaria Chincui SpA, RUT 76.722.280-7, del mismo domicilio anterior, acordaron: (i) Complementar el artículo quinto de los estatutos sociales, en el sentido de indicar expresamente que en caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero en efectivo o en otros bienes; (ii) A consecuencia de lo anterior, reemplazar íntegramente el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la cantidad de cinco mil millones de pesos, dividido en cinco mil millones de acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga de conformidad al Artículo Primero Transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero en efectivo o en otros bienes”.”; (iii) Reemplazar íntegramente el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, por el que sigue: “Artículo Primero Transitorio: El capital social es la suma de cinco mil millones de pesos, dividido en cinco mil millones de acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas.”; y (iv) Modificar los estatutos sociales en materias que no son objeto de extracto. En todo lo no modificado por la escritura, permanecen plenamente vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Montt, 16 mayo 2023.