MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

OSSANDON Y COMPAÑIA LIMITADA

RUT 76025096-1 CVE 2320873
Fecha instrumento
27 de abril de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de abril de 2023
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 27 de abril de 2023, REP. N°14.287/2023, ante mí: Don ENRIQUE ANTONIO OSSANDÓN SALAS, Doña VERÓNICA INFANTE GARCÍA y Don ENRIQUE IGNACIO OSSANDON INFANTE, todos domiciliados en Felipe Cubillos 1715, Casa 6, Comuna de Lo Barnechea; modificaron OSSANDON Y COMPANIA LIMITADA, inscrita a Fs 24553 número 16.867 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2008, de la siguiente manera: don ENRIQUE ANTONIO 0SSANDÓN SALAS, vende, cede y transfiere a don ENRIQUE IGNACIO OSSANDON INFANTE, quien compra acepta y adquiere para sí, el 42,857% de los derechos sociales que posee en la sociedad OSSANDON Y CIA. LIMITADA, equivalentes al 30% del capital de dicha sociedad, en el precio y condiciones señaladas en la escritura extractada. Como consecuencia de la cesión ingresa a la sociedad OSSANDON Y COMPAÑÍA LIMITADA, don ENRIQUE IGNACIO OSSANDON INFANTE, y por ello, quedan como únicos socios don ENRIQUE ANTONIO OSSANDON SALAS, con el 40% de los derechos en la sociedad, doña VERÓNICA INFANTE GARCÍA, con el 30% de los derechos en la sociedad don ENRIQUE IGNACIO OSSANDON INFANTE, con el 30% restante de los derechos den la sociedad. Adicionalmente, actuales socios de OSSANDÓN Y COMPAÑÍA LIMITADA, acuerdan sustituir el artículo QUINTO de los estatutos sociales por el siguiente: "ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, el que se encuentra íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha, correspondiéndole a cada uno de los socios la siguiente participación: a) ENRIQUE ANTONIO OSSANDÓN SALAS, un cuarenta por ciento de participación en los derechos sociales; b) VERÓNICA INFANTE GARCÍA, un treinta por ciento de participación en los derechos sociales y c) ENRIQUE IGNACIO OSSANDON INFANTE, un treinta por ciento de participación en los derechos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de mayo de 2023.-