MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

LABORATORIO DENTAL Y COMERCIALIZACION DE INSUMOS ODONTOLOGICOS GRACIELA NAYARET LASTRA RIFFO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 76198401-2 CVE 2320532
Duración
Indefinida

Instrumento

Notario
RODRIGO ORLANDO CANTUARIAS COSTA
Oficio
Segunda Notaría de Los Angeles y su territorio jurisdiccional

Sociedad

Domicilio
Comuna de Los Ángeles
Duración
Indefinida

Administración

El uso y el nombre de la Razón Social de la presente sociedad y la administración general corresponderá al socio fundador don MOISES NICOLAS ORTIZ CASTILLO, con facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO ORLANDO CANTUARIAS COSTA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Los Angeles y su territorio jurisdiccional, domiciliado en calle Lautaro 371, Los Angeles, Certifico, Por escritura pública hoy ante mí, doña GRACIELA NAYARET LASTRA RIFFO, chilena, Técnico laboratorista dental, casada y separado totalmente de bienes, cédula nacional de Identidad número trece millones ciento cuarenta y cinco mil treinta y cuatro guión seis, domiciliada en calle Valdivia número trescientos oficina novecientos uno guión B, de la comuna y ciudad de Los Ángeles, y don MOISES NICOLAS ORTIZ CASTILLO, chileno, independiente, soltero, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos once guión nueve, domiciliado en calle Lisandro Umaña número seiscientos setenta y nueve, de la Comuna de Quilaco., celebraron Cesión de Derechos sociales y Transformación: bajo los siguientes términos: Por escritura pública de fecha seis de febrero del año dos mil doce, otorgada ante Notario Público Suplente de esta ciudad don Luis Ernesto Blanco Medina, del titular don Selim Parra Fuentealba, bajo el repertorio número ochocientos cincuenta guión dos mil doce, la compareciente doña GRACIELA NAYARET LASTRA RIFFO, constituyó una Empresa individual de Responsabilidad Limitada regida por la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete y sus modificaciones, denominada “LABORATORIO DENTAL Y COMERCIALIZACION DE INSUMOS ODONTOLOGICOS GRACIELA NAYARET LASTRA RIFFO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, pudiendo actuar bajo el nombre de fantasía “CARDENT E.I.R.L.”, Rol único Tributario número setenta y seis millones ciento noventa y ocho mil cuatrocientos uno guión dos. Extracto de la sociedad se publicó en el diario oficial de fecha once de febrero del año dos mil doce, Edición número cuarenta mil ciento ochenta y cinco sobre plataforma web acuerdo a lo establecido en la ley veinte mil cuatrocientos noventa y cuatro, CVE: cuatro cinco seis seis seis dos; y se inscribió a fojas ciento ochenta y uno número ciento veintitrés del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Los Ángeles, correspondiente al año dos mil doce.- Cesión de Derechos: Uno) Por el presente instrumento doña GRACIELA NAYARET LASTRA RIFFO, quien conforme a los antecedentes señalados en cláusula primera precedente, reúne en su persona el cien por ciento de los derechos, acciones y/o participación, en la “LABORATORIO DENTAL Y COMERCIALIZACION DE INSUMOS ODONTOLOGICOS GRACIELA NAYARET LASTRA RIFFO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” o “CARDENT E.I.R.L.” vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos, acciones y/o participación que le corresponde y que representa el cien por ciento del capital de dicha sociedad a don MOISES NICOLAS ORTIZ CASTILLO, quien compra, acepta y, adquiere para sí tales derechos en la suma total de cinco millones de pesos, pagados en este acto, de contado y en dinero en efectivo, recibiendo la parte cedente conforme. Por lo tanto don MOISES NICOLAS ORTIZ CASTILLO, reúne la totalidad, es decir, el cien por ciento la acciones y/o derechos, de la sociedad anteriormente señalada.- TRANSFORMACION.- Don MOISES NICOLAS ORTIZ CASTILLO, por el presente instrumento, manifiesta que en conformidad a la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete y sus modificaciones que establece la Empresas individual de responsabilidad limitada y en mérito de la venta y cesión de los derechos, acciones y/o participación que por este instrumento se realiza, reuniéndose la totalidad de estos derechos, acciones y/o participación en una sola persona, teniendo consecuencialmente esta última plenas atribuciones al respecto. Permite se cumpla con requerimiento legal y doctrinario para adoptar una estructura legal distinta, cumpliendo con los requisitos y formalidades que establece el estatuto jurídico de la sociedad en la cual se transforma. En mérito de lo señalado, desde esta fecha la S “LABORATORIO DENTAL Y COMERCIALIZACION DE INSUMOS ODONTOLOGICOS CARDENT SpA” o “CARDENT SpA” se transforma en una sociedad por acciones, en conformidad a la Ley veinte mil ciento noventa, de fecha cinco de junio del año dos mil siete, y que se regula por el párrafo ocho, del título séptimo, del libro segundo, del código de comercio y particularmente por el siguiente estatuto y que son las que a continuación se indica: Nombre: La sociedad por acciones se denominará “LABORATORIO DENTAL Y COMERCIALIZACION DE INSUMOS ODONTOLOGICOS CARDENT SpA” , pudiendo actuar ante toda institución pública o privada bajo el nombre “CARDENT SpA”.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: El uso y el nombre de la Razón Social de la presente sociedad y la administración general corresponderá al socio fundador don MOISES NICOLAS ORTIZ CASTILLO, con facultades indicadas en escritura extractada.- CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad será la suma de diez Millones de pesos, el capital se divide en Mil acciones, ordinarias, sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. Correspondiendo al accionista don MOISES NICOLAS ORTIZ CASTILLO, cien por ciento de las acciones y capital social. DOMICILIO SOCIAL: Comuna de Los Ángeles, sin perjuicio resto del país.- DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad será indefinida, a no ser que el socio fundador expresare su voluntad de ponerle termino por medio de una instrumento privado autorizado ante notario público, protocolizado, con tres meses de anticipación a la fecha en que quiera ponerle término.- RESPONSABILIDAD: El o los accionistas sólo serán responsables hasta el monto y en proporción de sus respectivos aportes en la sociedad.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Los Ángeles, 2 de Mayo del 2023.