CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Moro SpA

CVE 2320399
Fecha instrumento
10 de mayo de 2023

Instrumento

Fecha
10 de mayo de 2023
Notario
PAULINA CONSTANZA ESTAY CALZADILLA
Oficio
Notaría número veintinueve de Santiago

Objeto social

El objeto de la Sociedad es: (a) desarrollar todo tipo de negocios inmobiliarios, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otras personas, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes inmuebles de cualquier naturaleza, urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza, y venderlas y)o explotarlas; (b) dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar y ceder a terceros por cualquier título el uso y goce de bienes raíces o inmuebles; (c) intermediar y asesorar en cualquier tipo de negocio o desarrollo inmobiliario; (d) construir por cuenta propia o ajena, para sí o para terceros, todo tipo de edificaciones, viviendas, proyectos residenciales, industriales y comerciales, urbanizar loteos, condominios o conjuntos habitacionales, pudiendo, para tales efectos, adquirir materiales de construcción, contratar directamente el personal necesario y)o subcontratarlo, presentar proyectos o anteproyectos de construcción, obtener todos los permisos necesarios, celebrar contratos de construcción a suma alzada, a serie de precios unitarios, por administración delegada y)o por cualquier otra fórmula aceptada por ley; (e) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y, en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, monedas extranjeras, bonos, debentures, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y)o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; y (f) en general, realizar cualesquiera otras actividades conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULINA CONSTANZA ESTAY CALZADILLA, abogado y Notario Público Interino de la Notaría número veintinueve de Santiago, de este domicilio, calle Mac-Iver número doscientos veinticinco, oficina trescientos dos, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 10 de mayo de 2023, repertorio número 3776-2023, ante mí, doña María Cecilia Arrasate González, Inmobiliaria Fray León Limitada, Juan Pablo Fell Costa y Juan Pablo Delpiazzo Antón, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Inmobiliaria Moro SpA (en adelante la “Sociedad”). Objeto: El objeto de la Sociedad es: (a) desarrollar todo tipo de negocios inmobiliarios, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otras personas, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes inmuebles de cualquier naturaleza, urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza, y venderlas y/o explotarlas; (b) dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar y ceder a terceros por cualquier título el uso y goce de bienes raíces o inmuebles; (c) intermediar y asesorar en cualquier tipo de negocio o desarrollo inmobiliario; (d) construir por cuenta propia o ajena, para sí o para terceros, todo tipo de edificaciones, viviendas, proyectos residenciales, industriales y comerciales, urbanizar loteos, condominios o conjuntos habitacionales, pudiendo, para tales efectos, adquirir materiales de construcción, contratar directamente el personal necesario y/o subcontratarlo, presentar proyectos o anteproyectos de construcción, obtener todos los permisos necesarios, celebrar contratos de construcción a suma alzada, a serie de precios unitarios, por administración delegada y/o por cualquier otra fórmula aceptada por ley; (e) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y, en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, monedas extranjeras, bonos, debentures, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; y (f) en general, realizar cualesquiera otras actividades conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, dividido en diez mil acciones ordinarias, de única serie, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó a portador de este extracto para legalización. Santiago, 24 de mayo de 2023.