CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA AQUAMAR DEL PACÍFICO SAMMY SILVA FLORES E.I.R.L.

CVE 2320687
Fecha instrumento
5 de mayo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de mayo de 2023
Notario
OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
Oficio
31ª. Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31ª. Notaría Santiago, Huérfanos 1055, local 328; Certifico: Por escritura hoy ante mí, SAMMY JUDITH SILVA FLORES, de nacionalidad Peruana, soltera, factor de comercio, veinticinco años de edad, cédula de identidad para extranjeros número veintisiete millones ciento ochenta y siete mil novecientos noventa y tres guion tres, domiciliada en Calle Picarte número doscientos cincuenta y seis, de la comuna de Independencia, Región Metropolitana, constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada la que se regirá por las normas de la Ley número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, y supletoriamente por las normas que le sean aplicables de las sociedades comerciales y de las sociedades de responsabilidad limitada, que gira bajo la Razòn Social "COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA AQUAMAR DEL PACÍFICO SAMMY SILVA FLORES E.I.R.L.”, pudiendo usar para todos los efectos legales y comerciales el nombre de fantasía “ AQUAMAR E.I.R.L.”, cuyo uso la obligará ante terceros al igual que el nombre de la empresa.- El capital de la empresa es la suma quinientos mil pesos.- El objeto o giro de la empresa será la distribución, comercialización, compra y venta, importación y exportación al por menor y mayor , al detalle de productos alimenticios que provengan de países a nivel Nacional e Internacional, sin que la enumeración sea solo enunciativa podrá comercializar productos tales como: la Yuca, El Camote, Cebollas, Mango, frutas ,verduras, legumbres y sus derivados, abarrotes, productos alimenticios, artículos de aseo , de limpieza, conservas, lácteos, bebidas de fantasía, bebidas alcohólicas, zumos, pulpa, productos congelados, granos de café, granos en general , semillas, cebada, hortalizas y en general todo tipo de frutas y verduras , huevos, cecinas, quesos, pasas, frutos secos a granel y/o envasados, harinas, miel y sus derivados helados, champo, jabón orgánicos, algas marinas, crustáceos, pescados, alimentos para mascotas, abarrotes, realizando todos los actos que sean necesarios para cumplir con el giro; sin perjuicio de lo que el constituyente decida en el futuro y en la forma legal.- El domicilio de la empresa se encuentra en la comuna de Independencia, sin perjuicio de otras agencias, sucursales o negocios dentro o fuera del país.- La responsabilidad del titular de la empresa está limitada al monto de su aporte, en conformidad a la ley.- La administración de la empresa y el uso su nombre, corresponderá a su titular, doña SAMMY JUDITH SILVA FLORES.- La empresa responderá exclusivamente por las obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos sus bienes.- Las utilidades líquidas de la empresa pertenecerán al patrimonio del titular separado del patrimonio de la empresa, una vez que se hubieren retirado y no habrá acción contra ellas por las obligaciones de la empresa.- El titular podrá efectuar retiros mensuales con cargo a las utilidades. Estos retiros no deberán afectar al capital, ni al presupuesto de operaciones de la empresa. También se podrá disponer de una parte de las utilidades para que se destinen a un fondo de capitalización. - La empresa practicará balance e inventario los días treinta y uno de diciembre de cada año, sin perjuicio de los estados de situación que se practiquen en cualquier momento.- La empresa empezará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración indefinida- Representante Legal: SAMMY JUDITH SILVA FLORES, Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 5 de Mayo de 2023.