MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Besalco - Arrigoni Limitada

RUT 76099692-0 CVE 2320881
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de mayo de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
3 de mayo de 2023
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, dentro del territorio jurisdiccional del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto la ejecución y construcción de obras civiles de ingeniería de cualquier clase. Para el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá ejecutar y realizar todas aquellas actividades vinculadas, sea en forma directa o indirecta con el rubro de la construcción de todo tipo; participar en sociedades, negocios o asociaciones relacionadas directa o indirectamente con la actividad de la construcción o de las maquinarias de construcción, movimiento de tierras y transporte; comprar y vender todo tipo de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles relacionados con la actividad de la construcción; importar todo tipo de maquinarias necesarias para la construcción y, prestar toda clase de servicios y asesorías administrativos, financieras, de gestión u operacionales relacionados a la actividad de la construcción

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Besalco Construcciones S.A socio 96727830-0
Región Metropolitana y Arrigoni Ingeniería y Construcción S.A socio 76091747-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUHUAL MERY, abogado notario público titular de la 8va. Notaría de Santiago, con oficio en calle huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 3 de mayo de 2023, ante mí, Besalco Construcciones S.A., RUT N° 96.727.830-0, domiciliado en Avenida Tajamar N°183, piso cinco, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y Arrigoni Ingeniería y Construcción S.A., RUT N° 76.091.747-0, domiciliada en Coyancura N°2.283, oficina 203, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron los estatutos de la sociedad “Besalco - Arrigoni Limitada”, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 23.572 Nº 16.131 del Registro de Comercio del año 2010, del Conservador de Comercio de Bienes Raíces de Santiago. La modificación consistió en transformar la Sociedad en una sociedad anónima cerrada denominada “Besalco - Arrigoni S.A.”, cuyos accionistas son Besalco Construcciones S.A. y Arrigoni Ingeniería y Construcción S.A., de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “Besalco - Arrigoni S.A.”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso bancarios el nombre de fantasía de “BA S.A.”.- Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, dentro del territorio jurisdiccional del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales, oficinas o establecimientos en otros lugares del país.- Duración: La duración de la Sociedad será indefinida.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la ejecución y construcción de obras civiles de ingeniería de cualquier clase. Para el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá ejecutar y realizar todas aquellas actividades vinculadas, sea en forma directa o indirecta con el rubro de la construcción de todo tipo; participar en sociedades, negocios o asociaciones relacionadas directa o indirectamente con la actividad de la construcción o de las maquinarias de construcción, movimiento de tierras y transporte; comprar y vender todo tipo de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles relacionados con la actividad de la construcción; importar todo tipo de maquinarias necesarias para la construcción y, prestar toda clase de servicios y asesorías administrativos, financieras, de gestión u operacionales relacionados a la actividad de la construcción.- Capital: $10.000.000, dividido en 10.000 acciones nominativas y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas.- Demás acuerdos que no es necesario extractar constan en la escritura extractada. Santiago, 22 de mayo de 2023. L.I. Manquehual Mery.-