CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AGRICOLA Y FORESTAL LOMAS ALTAS SpA

CVE 2320683
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
17 de mayo de 2023
Notaría
Curicó
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de mayo de 2023
Repertorio
1969
Notario
JOSE MARCELO ADASME BRAVO
Oficio
Segunda Notaría de Curicó
Comuna
Curicó

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
será la Comuna de Molina, Séptima Región, del Maule
Duración
La empresa tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha

Objeto social

A.- Todo tipo de actividad agrícola, ganadera, forestal, agroindustrial, ya sea para la adquisición, administración, arrendamiento, compra, venta, distribución, comercialización, transformación, exportación e importación de todos los productos relacionados directa e indirectamente con la explotación, producción, procesamiento, distribución, y compraventa de materias primas, carbón, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes, y cualquier otro producto del agro pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandataria de terceros. B.- La explotación agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, apícola, de predios rústicos por cuenta propia o ajena. C.- En general la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con la actividad agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, apícola.- Administración de la sociedad será ejercida por don OSCAR MAURICIO RIOSECO CRUZ, quien tendrán la representación judicial y extrajudicial de la misma, amplias facultades, según estatuto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE MARCELO ADASME BRAVO, Abogado, Notario Público de la Segunda Notaría de Curicó, suplente del titular René León Manieu, con oficio en calle Carmen 489, certifica: Por escritura suscrita hoy ante mi, Repertorio 1.969, OSCAR MAURICIO RIOSECO CRUZ, domiciliado en Parcela San Guillermo s comuna de Molina, constituyó Sociedad por Acciones, Razón Social: “AGRICOLA Y FORESTAL LOMAS ALTAS SpA” nombre de fantasía “LOMAS ALTAS SpA”.- El objeto Social: A.- Todo tipo de actividad agrícola, ganadera, forestal, agroindustrial, ya sea para la adquisición, administración, arrendamiento, compra, venta, distribución, comercialización, transformación, exportación e importación de todos los productos relacionados directa e indirectamente con la explotación, producción, procesamiento, distribución, y compraventa de materias primas, carbón, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes, y cualquier otro producto del agro pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandataria de terceros. B.- La explotación agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, apícola, de predios rústicos por cuenta propia o ajena. C.- En general la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con la actividad agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, apícola.- Administración de la sociedad será ejercida por don OSCAR MAURICIO RIOSECO CRUZ, quien tendrán la representación judicial y extrajudicial de la misma, amplias facultades, según estatuto.- Capital: será la suma de diez millones de pesos ($10.000.000), que se divide en cien acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, el que se suscribe y paga de la siguiente forma, tiempo y oportunidad: Don OSCAR MAURICIO RIOSECO CRUZ, suscribe y paga en este acto diez millones de pesos ($10.000.000), que equivalen a 100 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, suma que ingresa a la caja social. La responsabilidad de los accionistas queda expresa y determinadamente limitada hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Duración: La empresa tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha. Demás estipulaciones según estatuto.- Domicilio: será la Comuna de Molina, Séptima Región, del Maule, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos, y desarrollar su giro en otros puntos del país y en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Curicó, 17 mayo 2023.