SOCIEDAD COMERCIAL, IMPORTADORA Y EXPORTADORA ESLAM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de abril de 2013
- Repertorio
- 291
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Domicilio
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario público de Santiago, Miraflores N 178 piso 5, Santiago, Certifico: Por escritura pública, hoy ante mí, don Esteban Andrés Salas Ramírez, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad N°14.526.378-6, domiciliado en calle El Durazno N°8269, comuna de Lo Espejo; doña Yesenia Romanet Maturana Quevedo, chilena, soltera, comerciante, cédula nacional de identidad N°13.937.309-K, mismo domicilio anterior; y don Larry Andrés Aguilar Hernández, chileno, casado, comerciante, cédula nacional de identidad N°16.116.398-8, domiciliado en Pasaje Músico Domingo Santa Cruz N°2950, comuna de Cerrillos; modificaron sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL, IMPORTADORA Y EXPORTADORA ESLAM LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 8 de abril del año dos mil trece, repertorio N°291 del mismo año, otorgada ante doña Renata Marcela González Carvallo, notario público titular de la notaría de San Miguel. Un extracto de aquella escritura se inscribió a fojas 28656, N°19025 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2013 y publicado en el Diario Oficial N°40.534, del 15 de abril del año 2013, CVE 626529. Las modificaciones consisten: a) don Larry Andrés Aguilar Hernández, vende, cede y transfiere el total de su participación en la sociedad, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales a doña Yesenia Romanet Maturana Quevedo, ya individualizada, quien los acepta, compra y adquiere para sí. El precio y forma de pago en escritura extractada. En consecuencia, en virtud de la cesión de los derechos sociales que antecede, la participación de los socios en el haber social queda como sigue: don Esteban Andrés Salas Ramírez es dueño del 50% de los derechos sociales, y doña Yesenia Romanet Maturana Quevedo, dueña del otro 50% de los derechos sociales; y b) Modificar el régimen de administración de la sociedad y uso de la razón social, que en lo sucesivo corresponderá al socio don Esteban Andrés Salas Ramírez quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representará con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura de constitución, las que se tienen por expresamente reproducidas; y c) Reemplazar clausula quinta por la que sigue: “QUINTO. El capital social corresponde a la cantidad de cinco millones de pesos completamente pagado, que los socios aportan de la siguiente manera: a) don Esteban Andrés Salas Ramírez aporta la cantidad de dos millones quinientos mil pesos; y b) doña Yesenia Romanet Maturana Quevedo aporta la cantidad de dos millones quinientos mil pesos.”. En lo no modificado seguirán vigentes estipulaciones escritura de constitución de sociedad. Santiago,19 de mayo 2023.