AES ANDES S.A.
Instrumento
- Fecha
- 16 de mayo de 2023
- Repertorio
- 8166
- Notario
- Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalISABEL MARGARITA PEÑA LEZAETA, abogado, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 16 de mayo del año 2023, repertorio 8.166, ante mí, se redujo acta de junta extraordinaria de accionistas de AES ANDES S.A. (en adelante, la “Sociedad”, RUT N°94.272.000-9, inscrita a Fs. 13.107 N°7.274 Reg. Comercio Stgo. 1981), en la que se resolvió: /Uno/ Modificar el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, en el sentido de reemplazar el texto actual por el siguiente: “Artículo Cuarto: La Sociedad tendrá los siguientes objetos: Explotar la generación, transmisión, compra, distribución y venta de energía eléctrica y de cualquier otra naturaleza; la compra, extracción, explotación, procesamiento, distribución, comercialización y venta de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos; procesamiento, tratamiento, desalinización y comercialización de agua desalinizada; la venta y prestación de servicios de ingeniería de proyectos, de mantenimiento y de maestranza; la ejecución y explotación de obras de infraestructura civil, hidráulica y de cualquier otra naturaleza; la prestación de servicios de gerenciamiento, auditoría, asesoría financiera, comercial, técnica, y legal, entre otros; la prestación de servicios portuarios y de muelle; la explotación de muelles, terminales de carga, almacenes, bodegas y de cualquier clase de naves, propias o de terceros, en todas sus formas; actuar como armador y agente de naves en cualquiera de las formas contempladas en la Ley; el transporte de carga de cualquier naturaleza, sea nacional o internacional, marítimo o terrestre, multimodal u otro; obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar y, en general, explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos, las concesiones marítimas, las concesiones de obras públicas y los derechos de aprovechamiento de aguas de cualquier naturaleza; invertir en bienes muebles e inmuebles; y organizar y constituir sociedades de cualquier naturaleza, tengan el carácter de filiales, coligadas o no, cuyos objetos estén relacionados o vinculados con la energía en cualquiera de sus formas o al suministro de servicios públicos o que tengan como insumo principal la energía eléctrica, o bien, que correspondan a cualquiera de las actividades definidas precedentemente, pudiendo administrarlas, supervisarlas y coordinar su gestión.”; /Dos/ Disminuir el capital en 120.000.720 dólares de los Estados Unidos de América (en adelante, “Dólares”), sin disminuir el número de acciones en el cual se encuentra dividido, de manera que este pase a ser de 1.975.633.415,82 Dólares dividido en 10.376.645.776 acciones, de una misma y única serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Como consecuencia de lo anterior, se modificaron los artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, los cuales quedarán como sigue: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la cantidad mil novecientos setenta y cinco millones seiscientos treinta y tres mil cuatrocientos quince Dólares de los Estados Unidos de América con ochenta y dos centavos de Dólar, dividido en diez mil trescientos setenta y seis millones seiscientos cuarenta y cinco mil setecientos setenta y seis acciones, de una misma y única serie, sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo o en otros bienes.”; y “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad de mil novecientos setenta y cinco millones seiscientos treinta y tres mil cuatrocientos quince Dólares de los Estados Unidos de América con ochenta y dos centavos de Dólar, dividido en diez mil trescientos setenta y seis millones seiscientos cuarenta y cinco mil setecientos setenta y seis acciones, de una misma y única serie, sin valor nominal, se ha íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha.”. Demás disposiciones en escritura extractada.- Santiago, 19 de mayo de 2023.- Isabel Margarita Peña Lezaeta.- Notario Suplente.