CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria y Constructora Padre Hurtado Oriente Dos SpA

CVE 2318832
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
18 de mayo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de mayo de 2023
Repertorio
7405
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: adquirir y enajenar, comprar y vender todo tipo de bienes raíces; dar o tomar en leasing o arrendamiento con opción de compra bienes raíces; dar o tomar en arrendamiento o a cualquier otro título bienes raíces; la construcción en inmuebles propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; y el planeamiento, desarrollo y ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; la realización y administración de inversiones, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en especial, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures y valores mobiliarios en general, la percepción de sus frutos, la administración de dichos bienes. Todas las actividades del giro podrán ser realizadas directamente o a través de otras sociedades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 941, local 302, comuna de Santiago, certifico que, mediante escritura pública otorgada ante mí, con fecha 18 de mayo de 2023, repertorio Nº 7.405, Michael Alejandro Silva Nilo constituyó una sociedad por acciones (“Sociedad”), de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: El nombre de la Sociedad es “Inmobiliaria y Constructora Padre Hurtado Oriente Dos SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer oficinas, agencias o sucursales en otros lugares, dentro o fuera del país. Objeto: El objeto de la Sociedad será: adquirir y enajenar, comprar y vender todo tipo de bienes raíces; dar o tomar en leasing o arrendamiento con opción de compra bienes raíces; dar o tomar en arrendamiento o a cualquier otro título bienes raíces; la construcción en inmuebles propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; y el planeamiento, desarrollo y ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; la realización y administración de inversiones, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en especial, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures y valores mobiliarios en general, la percepción de sus frutos, la administración de dichos bienes. Todas las actividades del giro podrán ser realizadas directamente o a través de otras sociedades. Capital: El capital social es la cantidad de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en el acto de la constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Santiago, 22 de mayo 2023. Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Titular.