MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Soluciones Industriales OMC SpA

RUT 76007654-6 CVE 2317759
Fecha instrumento
10 de mayo de 2023

Instrumento

Fecha
10 de mayo de 2023
Notario
SOLUCIONES INDUSTRIALES OMC SPA JORGE REHBEIN OHACO
Domicilio
esta jurisdicción

Objeto social

A) Diseño, ingeniería, montaje y soluciones industriales; B) Construcción, fabricación y venta de equipos y maquinarias para tratamiento de agua y residuos; C) Importación y venta de equipos industriales; y D) La realización inversiones inmobiliarias, para lo cual podrá adquirir bienes raíces y construir en ellos, refaccionarlos o restaurarlos por cuenta propia o ajena, administrarlos y darlos en arrendamiento, o cualquier otra forma de explotación y aprovechamiento de los mismos, percibir sus frutos, y en general la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena”. En todo lo no modificado, la escritura social se mantiene vigente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SOLUCIONES INDUSTRIALES OMC SPA JORGE REHBEIN OHACO, Abogado, Notario Público, Titular de esta jurisdicción, Balmaceda 279, Puente Alto, Certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, comparecen: Jorge Eduardo Vio Ulloa, empresario, Rosa Amelia Lagos Soto, empresaria y Cristóbal Vio Lagos, ingeniero, todos domiciliados en Ramon Subercaseaux 2503, comuna de Pirque, Santiago. Exponen: Que en su calidad de únicos socios de Soluciones Industriales OMC SpA vienen modificar la cláusula quinta de los estatutos reemplazándola por la que sigue: “Quinto: Objeto. A) Diseño, ingeniería, montaje y soluciones industriales; B) Construcción, fabricación y venta de equipos y maquinarias para tratamiento de agua y residuos; C) Importación y venta de equipos industriales; y D) La realización inversiones inmobiliarias, para lo cual podrá adquirir bienes raíces y construir en ellos, refaccionarlos o restaurarlos por cuenta propia o ajena, administrarlos y darlos en arrendamiento, o cualquier otra forma de explotación y aprovechamiento de los mismos, percibir sus frutos, y en general la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena”. En todo lo no modificado, la escritura social se mantiene vigente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puente Alto, a 10 de mayo de 2023. Rep. 462-2023.