MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA NORMAND GRAPHIC LIMITADA

RUT 76285040-0 CVE 2317721
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de abril de 2023
Notaría
Viña del Mar

Instrumento

Fecha
3 de abril de 2023
Repertorio
1185-2023
Notario
FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ
Oficio
2° Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Administración

Además, se deja expresamente constancia que ambas socias podrán realizar toda clase de actos, y firmar toda clase de documentos, aunque no estén taxativamente dichos en tal cláusula, sin más limitaciones. Que las que se señalan a continuación, limitaciones a la

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ, Abogado, Notario Público de la 2° Notaría de Viña del Mar, con domicilio en calle Arlegui N° 333, local N° 111; certifica: que por escritura pública ante Notario Público suplente don Sergio Fernando Tobar Tobar, comparecieron doña ROXANA CECILIA PIZARRO DONOSO, comerciante, cedula de identidad N°7.369.719-0, domiciliada en Montemar número veinte y uno, Reñaca, Viña del Mar; MARÍA JOSÉ MORANDÉ PIZARRO, relacionadora pública, cédula de identidad N°14.121.440-3, domiciliada en José María Escrivá de Balaguer 936, departamento 703, Concón, en calidad de únicas socias de “COMERCIALIZADORA NORMAND GRAPHIC LIMITADA”, RUT 76.285.040-0, inscrita Fojas 40188 Número 29887 Registro de Comercio de Santiago del año 2004; efectuaron modificación de los estatutos de la sociedad, por escritura pública de fecha 03 de Abril del año 2023 otorgada ante Notario Público Francisco Javier Fuenzalida Rodríguez, Repertorio N° 1185-2023, mediante la cual modificaron la referida sociedad en relación a la administración de la sociedad, el uso de la razón social y uso del nombre de fantasía que corresponderá a ROXANA CECILIA PIZARRO DONOSO y MARÍA JOSÉ MORANDÉ PIZARRO, con todas y cada una de las facultades de la cláusula “CUARTO” del pacto social, para tales efectos ambas socias podrán actuar de manera conjunta, separada o indistintamente la administración. Además, se deja expresamente constancia que ambas socias podrán realizar toda clase de actos, y firmar toda clase de documentos, aunque no estén taxativamente dichos en tal cláusula, sin más limitaciones. Que las que se señalan a continuación, limitaciones a la administración: para otorgar avales, fianzas, constituir a la sociedad en codeudora solidaria, para requerir, vender inmuebles y vehículos motorizados, y para constituir prendas e hipotecas, se requerirá la firma conjunta de ambas socias. Se faculto como Representante Legal de "COMERCIALIZADORA NORMAND GRAPHIC LIMITADA", a doña MARÍA JOSÉ MORANDÉ PIZARRO. Capital de la sociedad $5.000.000.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 19 de mayo de 2023.-