ZET Diseño y Contenidos Limitada
Instrumento
- Fecha
- 12 de mayo de 2023
- Repertorio
- 998-2023
- Notario
- LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS
- Oficio
- Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Diego Senosiain Cabello | socio | 10238671-K | — | — | |
| Luis Felipe Stange Camus | socio | 14096294-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio en esta ciudad, calle San Sebastian 2727, Las Condes, Certifico: Por escritura pública de fecha 12 de Mayo de 2023, Repertorio Nº998-2023, ante mí, los socios de la sociedad “ZET Diseño y Contenidos Limitada”, don Diego Senosiain Cabello, Cédula de Identidad Nº10.238.671-k y don Luis Felipe Stange Camus, Cédula de Identidad Nº 14.096.294-5 todos domiciliados para estos efectos en Napoleón 3565, oficina 202, comuna de Las Condes, Santiago, únicos socios de la sociedad, por escritura pública, bajo el repertorio nùmero Nº998-2023, se acordó reformar sus estatutos en las siguientes materias: Cambio en la Administración de la sociedad: “ZET Diseño y Contenidos Limitada”, pudiendo actuar ante terceros, incluidas instituciones publicas o privadas, bancos e instituciones financieras con los nombres de fantasía “La administración y uso de la razón social le corresponderá a cualquiera de los socios, indistintamente, salvo en aquellos actos, contratos o convenios que impliquen para la Sociedad, contraer obligaciones o desembolsar dineros por montos superiores a cinco millones un peso - en cuyo caso se deberá actuar por ambos socios conjuntamente, todos quienes, individual o conjuntamente, según corresponda, y anteponiendo la razón social a su o sus firmas, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla a toda clase de actos sin que la enumeración sea taxativa ni restrictiva, sino meramente ilustrativa. Se agrega que los socios participantes de la sociedad sean minoritarios o mayoritarios podrán mantener y celebrar relaciones laborales con la sociedad en la que participan a 2 través de contratos de trabajo individuales regidos por el Código del Trabajo, como profesionales de la empresa, no existiendo modalidad que afecte al tipo de contrato a celebrar con el profesional, a conveniencia de la sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 17 de Mayo de 2023.