SOCIEDAD AGRICOLA M & V LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2023
- Notario
- HÉCTOR ENRIQUE BOBADILLA TOLEDO
- Oficio
- Primera Notaría de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHÉCTOR ENRIQUE BOBADILLA TOLEDO, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Talca, 1 Norte 963 Oficina 103, certifica: Por escritura pública ante mí, de 15 Mayo 2023, REPERTORIO Nº 808-2023, comparecieron MARIANELA DEL CARMEN CASTILLO ARAVENA, chilena, agricultora, C.I. Nº 13.354.900-5, casada y separada de bienes; y VALENTINA ALEJANDRA AVILA CASTILLO, chilena, Ingeniero Agrícola, C.I. Nº 19.697.005-3, soltera, ambas domiciliadas en sitio once Los Gomeros, comuna de Pelarco, provincia de Talca; quienes modifican sociedad denominada “SOCIEDAD AGRICOLA M & V LIMITADA”, con el nombre de fantasía "AGRICOLA M & V LTDA.", R.U.T. Nº 76.588.108-0. Dicha sociedad, se encuentra inscrita a fojas 1524 número 615 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año 2016 dos mil dieciséis, y se publicó en el Diario Oficial número 41519, de fecha 28 de julio de 2016. La citada sociedad fue constituida con un capital social de $10.000.000, el cual no presenta variación. Modificaciones consisten en: se amplían las facultades de administración establecidas en el artículo octavo del pacto social, a la representante legal doña MARIANELA DEL CARMEN CASTILLO ARAVENA, señalándose que se expresamente se la faculta además a: 1) otorgar mandatos generales y especiales en representación de la sociedad, 2) abrir cuentas corrientes, girar en ellas, sobregirarse o abrir cuentas de sobregiro, 3) contratar mutuos o préstamos, 4) otorgar o constituir fianzas y ser codeudor solidario, 5) otorgar y constituir hipotecas y prendas, 6) adquirir inmuebles y venderlos y percibir su valor, 7) novar deudas, 8) representar a la sociedad con las más amplias facultades ante otras sociedades, 7) hacer valer derechos de socio en una sociedad, 8) auto contratar, 9) ingresar a otras sociedades y modificar sociedades en general. Estas son las únicas modificaciones que se introducen al pacto social, quedando vigentes y en pleno vigor las demás cláusulas del pacto social que no sufren variación alguna. Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 18 de mayo de 2023.