PRELCO SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de abril de 2023
- Notario
- JORGE REHBEIN OHACO
- Domicilio
- esta jurisdicción
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REHBEIN OHACO, Abogado, Notario Público, Titular de esta jurisdicción, Balmaceda 279, Puente Alto, Certifico: Escritura hoy ante mí, INVERSIONES JMC SpA, Rut 77.743.729-1, representada por Juan Alberto Muñoz Toledo C.I.N°11.777.032-k, domicilio Las Caballerizas Sur N°903, Plazas del Campo, comuna de Machali; y LATREV SpA Rut:77.642.504-4, Representada por Michelangelo Antonio Trezza Prajoux C.I.N° 8.492.377-k, domiciliado Providencia N°1208 Of. 1603, comuna de Providencia , únicos y actuales socios, modifican Prelco SpA: Uno) Aumentar el capital estatutario de un millón de pesos a veinte millones de pesos, mediante la emisión de diecinueve mil acciones de pago por la cantidad de diecinueve millones de pesos, todas ellas nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, cuyo valor de colocación no podrá ser inferior a mil pesos por acción.- Dos) En virtud de lo anterior, reformar los estatutos sociales, en sus artículos Quinto y Quinto B, sustituyéndolo e incorporando por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de veinte millones de pesos, dividido en veinte mil acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie y sin valor nominal”.- “Artículo Quinto B: El capital de la sociedad es la suma de veinte millones de pesos, dividido en veinte mil acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se encuentra en la siguiente situación en cuanto a su suscripción, entero y pago: a) la suma de un millón de pesos que corresponden a mil acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que se encuentra suscrito y pagado; y, b) la suma de diecinueve millones de pesos dividido en diecinueve mil acciones de pago nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que son emitidas en este acto y cuya suscripción y pago será ofrecida por el administrador a terceros, a un valor no inferior a mil pesos por acción, que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo máximo de un año, a contar del uno de Mayo de dos mil veintitrés.- Tres) Modificar el Artículo Décimo, en el siguiente sentido: “Artículo Décimo: La Representación, Administración y Uso de la Razón Social, corresponderá a ambos socios por igual, cuyos representantes legales anteponiendo sus nombres y firmas a la razón social, obligarán y representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad.-Demás estipulaciones escritura social extractada. Puente Alto, 21 de Abril de 2023.- Rep.Nº398.- ES TESTIMONIO FIEL DE SU ORIGINAL