CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Poliestirec Chile SpA

CVE 2316896
Capital
$190.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de abril de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de abril de 2023
Repertorio
6732-2023
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$190.000.000 CLP

Objeto social

directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) la fabricación, importación, exportación, distribución y comercialización -al por mayor y al detalle- de todo tipo de recubrimientos, y, en general, de toda clase de bienes muebles afines, como implementos e insumos necesarios para dicho fin, ya sea por cuenta propia o ajena; b) Gestión, extracción, selección, transformación, recuperación y reciclaje de residuos; y, c) el ejercicio de cualquiera otra actividad análoga complementaria o conexa a las anteriormente señaladas. Asimismo, la Sociedad podrá realizar inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como, y sin que la siguiente enumeración implique limitación, acciones, derechos sociales y participaciones en cualquier tipo de sociedad o corporación, ya sea en Chile o en el extranjero, así como la administración, transferencia, uso de los mismos y la percepción de dividendos y utilidades producto de ellos; y el otorgamiento de financiamiento a terceras personas por medio de operaciones de crédito o a través de otros actos o contratos que tengan el mismo propósito. Para el mejor y más adecuado cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá constituir, adquirir o participar como socio, accionista o en otra calidad, directa o indirectamente, en sociedades o instituciones de cualquier naturaleza, tanto en Chile como en el extranjero;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 979, oficina 501, de la comuna de Santiago, certifico: que con fecha 27 de abril de 2023, ante mí, Asesorías e Inversiones AM Limitada, Rentas Cauquenes Dos Limitada, Tomás Andrés Loesser Prieto, Carlos Alonso Santíbáñez Fuentes y Antonio José Vial Hudson, constituyeron, mediante escritura pública de Repertorio N° 6.732-2023 una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: Poliestirec Chile SpA; Objeto: directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) la fabricación, importación, exportación, distribución y comercialización -al por mayor y al detalle- de todo tipo de recubrimientos, y, en general, de toda clase de bienes muebles afines, como implementos e insumos necesarios para dicho fin, ya sea por cuenta propia o ajena; b) Gestión, extracción, selección, transformación, recuperación y reciclaje de residuos; y, c) el ejercicio de cualquiera otra actividad análoga complementaria o conexa a las anteriormente señaladas. Asimismo, la Sociedad podrá realizar inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como, y sin que la siguiente enumeración implique limitación, acciones, derechos sociales y participaciones en cualquier tipo de sociedad o corporación, ya sea en Chile o en el extranjero, así como la administración, transferencia, uso de los mismos y la percepción de dividendos y utilidades producto de ellos; y el otorgamiento de financiamiento a terceras personas por medio de operaciones de crédito o a través de otros actos o contratos que tengan el mismo propósito. Para el mejor y más adecuado cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá constituir, adquirir o participar como socio, accionista o en otra calidad, directa o indirectamente, en sociedades o instituciones de cualquier naturaleza, tanto en Chile como en el extranjero; Capital: es la suma de $190.000.000, dividido en 49.400 acciones Serie A, 45.600 acciones Serie B y 95.000 acciones Serie C, el cual se encuentra íntegramente suscrito y se pagará en un plazo máximo de cinco años contados desde esta fecha, en las proporciones indicadas en escritura pública de constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 27 de abril de 2023.