CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIALIZADORA, TRANSPORTES E INVERSIONES ACS SpA

RUT 12325645-1 CVE 2317074
Capital
$24.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de mayo de 2023
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de mayo de 2023
Notario
ALVARO DANIEL CARVALLO CASTILLO
Oficio
Primera Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

N. fantasía
“ACS SpA”
Capital
$24.000.000 CLP
Domicilio
Será la ciudad y comuna de Rancagua
Duración
La sociedad tendrá una duración de 5 años, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle término anticipado con a lo menos 3 meses antes de cumplirse el período establecido en los estatutos

Objeto social

Será la importación, exporta¬ción, compraventa, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, productos manufacturados, materias primas y todo tipo de mercaderías y bienes de consumo en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tiendas, almacenes, y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros y todo ello sin perjuicio de las actividades comerciales que los accionistas acuerden realizar con posterioridad a la entrada en vigencia de esta sociedad; la realización de toda clase de inversiones en Chile o en el extranjero; todo tipo empresas y en bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios, acciones, bonos y debentures, derechos, cuo¬tas o participaciones cualquiera clase sociedad o asociación, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos que conduzcan a cumplimiento de este objeto, incluso formar sociedades y administrarías; desarrollar inversiones financieras de cualquiera naturaleza, negocios inmobiliarios, arrendamiento bienes muebles o inmuebles. Podrá desarrollar toda clase de asesorías, especialmente las relacionadas con actividades marítimas. Podrá asumir representaciones comerciales, las que en ningún caso serán corredurías de alguna especie y; el transporte terrestre urbano de pasajeros, por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros; la administración y explotación, a cualquier título, de vehículos de transporte de pasajeros y la represen¬tación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios y, en general, cualquiera actividad relacionada con los fines sociales que los accionistas acuerden realizar y que guarde relación directa o indirecta con el o los objetos principales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO DANIEL CARVALLO CASTILLO, Notario Público, Interino de la Primera Notaría de Rancagua, con Oficio en calle San Martín número 427, Rancagua, certifico: Que, por escritura pública de hoy, ante mí, comparece: YASNA IVONNE SANDOVAL BAEZA, Cédula Identidad N° 12.325.645-1, domiciliada en Los Benedictinos 2338, Villa Parque del Sol, Rancagua; quien constituyó una Sociedad por Acciones. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: “COMERCIALIZADORA, TRANSPORTES E INVERSIONES ACS SpA”, nombre de fantasía: “ACS SpA”. OBJETO: Será la importación, exporta¬ción, compraventa, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, productos manufacturados, materias primas y todo tipo de mercaderías y bienes de consumo en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tiendas, almacenes, y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros y todo ello sin perjuicio de las actividades comerciales que los accionistas acuerden realizar con posterioridad a la entrada en vigencia de esta sociedad; la realización de toda clase de inversiones en Chile o en el extranjero; todo tipo empresas y en bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios, acciones, bonos y debentures, derechos, cuo¬tas o participaciones cualquiera clase sociedad o asociación, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos que conduzcan a cumplimiento de este objeto, incluso formar sociedades y administrarías; desarrollar inversiones financieras de cualquiera naturaleza, negocios inmobiliarios, arrendamiento bienes muebles o inmuebles. Podrá desarrollar toda clase de asesorías, especialmente las relacionadas con actividades marítimas. Podrá asumir representaciones comerciales, las que en ningún caso serán corredurías de alguna especie y; el transporte terrestre urbano de pasajeros, por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros; la administración y explotación, a cualquier título, de vehículos de transporte de pasajeros y la represen¬tación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios y, en general, cualquiera actividad relacionada con los fines sociales que los accionistas acuerden realizar y que guarde relación directa o indirecta con el o los objetos principales. CAPITAL: El Capital de la sociedad es la suma de $24.000.000, divididos en 1.000 acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal, las que se suscriben y se pagan de la forma establecida en escritura de constitución, con el aporte de $24.000.000 que efectúa accionista Yasna Ivonne Sandoval Baeza por 1.000 Acciones, valores de los cuales la sociedad da por recibida a su más entera satisfacción. De esta forma el capital social queda suscrito y pagado en la forma determinada en estatutos sociales. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Será ejercida por uno o más administradores generales, quienes actuarán en la forma y con las atribuciones que determinen los accionistas a través de los acuerdos que se generen, el cual podrá ser o no accionista, quien que deberá ser elegido por la Junta de Accionistas. No obstante, en disposición transitoria de escritura, designan como Administrador, a doña Yasna Ivonne Sandoval Baeza, quien deberá actuar con facultades señaladas en escritura extractada. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de 5 años, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle término anticipado con a lo menos 3 meses antes de cumplirse el período establecido en los estatutos. DOMICILIO: Será la ciudad y comuna de Rancagua, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que los Accionistas acuerden establecer dentro del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 12 de mayo de 2023.