MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA MAFER LIMITADA

RUT 78796600-4 CVE 2316343
Capital
$98.780 CLP
Fecha instrumento
21 de abril de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de abril de 2023
Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
Oficio
Cuadragésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$98.780 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, abogado, Notario Público de la Cuadragésima Notaría de Santiago, Suplente del Titular Alberto Mozó Aguilar, con Oficio en calle Teatinos N°332, Comuna de Santiago, certifica: que por escritura pública fecha 21 de abril del año 2023, ante mí, don FERNANDO JOSÉ SALINAS ERRÁZURIZ, doña MARGARITA MARÍA GANA ERRÁZURIZ, PAULA MARÍA SALINAS GANA, doña MARÍA TRINIDAD SALINAS GANA, doña MACARENA MARÍA SALINAS GANA, doña MARGARITA MARÍA SALINAS GANA, don FERNANDO SALINAS GANA, don FRANCISCO JOSÉ SALINAS GANA, y doña JACINTA MARÍA SALINAS GANA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N°9.070, oficina 1.501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, celebraron: “Da cuenta de hecho que indica y modificación de estatutos sociales INMOBILIARIA MAFER LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 10 número 11 Reg. Com., CBR Stgo., año 1996, y acordaron lo siguiente: I. Da cuenta de hecho que indica: Por escritura pública de fecha 20 de abril del año 2023, otorgada en la Notaría de Santiago don Alberto Mozó Aguilar, con Oficio en calle Teatinos N°332, Comuna de Santiago, se celebró “DONACIÓN FERNANDO JOSÉ SALINAS ERRÁZURIZ A MACARENA MARÍA SALINAS GANA Y OTROS”, mediante la cual don FERNANDO JOSÉ SALINAS ERRÁZURIZ, donó por acto entre vivos, gratuita e irrevocablemente parte de los derechos sociales de los que era dueño en la sociedad INMOBILIARIA MAFER LIMITADA, en los términos y condiciones que en dicha escritura se indican. II. Modificación de estatutos: Los socios de la sociedad INMOBILIARIA MAFER LIMITADA, acordaron modificar el artículo séptimo de los estatutos referente al capital social por el del siguiente tenor extractado: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital de la sociedad es la suma de $98.780, íntegramente pagado y enterado en caja social, el que se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: a) don FERNANDO JOSÉ SALINAS ERRÁZURIZ, con el 42,95% del total de los derechos sociales de la Sociedad; b) doña MARGARITA MARÍA GANA ERRÁZURIZ, con el 47,8% del total de los derechos sociales de la Sociedad; c) doña PAULA MARÍA SALINAS GANA, con el 2% del total de los derechos sociales de la Sociedad; d) doña MARÍA TRINIDAD SALINAS GANA, con el 2% del total de los derechos sociales de la Sociedad; e) doña MACARENA MARÍA SALINAS GANA, con el 1,1% del total de los derechos sociales de la Sociedad, f) doña MARGARITA MARÍA SALINAS GANA, con el 1,05% de los derechos sociales en que se divide el capital de la sociedad; g) don FERNANDO SALINAS GANA, con el 1,05% de los derechos sociales en que se divide el capital de la sociedad; h) don FRANCISCO JOSÉ SALINAS GANA, con el 1,05% de los derechos sociales en que se divide el capital de la sociedad; e i) doña JACINTA MARÍA SALINAS GANA, con el 1% de los derechos sociales en que se divide el capital de la sociedad”. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 08 de abril 2023. R. Sotomayor G. Notario Público Suplente.