MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AB INVERSIONES LIMITADA

RUT 78321200-5 CVE 2315718
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de mayo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de mayo de 2023
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
26º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, abogado, Notario Público Titular de la 26º Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3196, comuna de Las Condes, certifico: que por escritura pública otorgada con fecha 11 de mayo de 2023, Rep. N° 3.894, ante mí, Francisco Javier Aguirre Valenzuela, Catalina Aguirre Barros y Elvira Del Rosario Barros Tagle, todos los anteriores domiciliados en calle Charles Hamilton 11300, departamento 403, Comuna de Las Condes; Francisco Javier Aguirre Barros, con domicilio en calle Carmen Fariña número 6758, departamento 101, Vitacura; Trinidad Aguirre Barros, con domicilio en Camino Las Hualtatas 4901, Lo Barnechea; y Elvira Aguirre Barros, con domicilio en Vía F guión 120, Casa 3, Maintencillo; modificaron la sociedad denominada AB INVERSIONES LIMITADA, cuyo extracto se inscribió a fojas 35.341 número 22.150, del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 1992, como sigue: Uno) a) Francisco Javier Aguirre Valenzuela donó, cedió y transfirió una parte de sus derechos en la sociedad, representados por una cuota ascendente a $140.000 en el capital social, a cada uno de los socios Catalina Aguirre Barros, Trinidad Aguirre Barros, Francisco Javier Aguirre Barros y Elvira Aguirre Barros, esto es, transfirió una cuota que en total asciende a $560.000 en el capital social de la compañía. Como consecuencia de lo anterior, Francisco Javier Aguirre Valenzuela disminuyó su participación en la compañía, y los socios Catalina Aguirre Barros, Trinidad Aguirre Barros, Francisco Javier Aguirre Barros y Elvira Aguirre Barros aumentaron de este modo su participación social, declarando los restantes socios aceptar tanto las cesiones de derechos antes referida así como los cambios en la participación sobre el capital social. Dos) Como consecuencia de lo anterior, se reemplazó el texto de la cláusula quinta del estatuto social vigente, por el que sigue: “El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que ha sido enterado en efectivo por los socios, y les corresponde como sigue: a) a don Francisco Javier Aguirre Valenzuela, la suma de $390.000; b) a doña Elvira del Rosario Barros Tagle, la suma de $10.000; c) a doña Catalina Aguirre Barros, la suma de $150.000; d) a doña Trinidad Aguirre Barros, la suma de $150.000; e) a don Francisco Javier Aguirre Barros, la suma de $150.000; y f) a doña Elvira Aguirre Barros, la suma de $150.000.”. Tres) Finalmente, los socios acordaron reemplazar el texto de la cláusula octava del estatuto social vigente referida a la duración de la sociedad, por el que sigue: “La sociedad rige desde el 27 de noviembre de 1992 y durará hasta el 31 de diciembre del año 2040, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos.”. Santiago, 16 de mayo de 2023. HQM. Not. Pub.