MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PRODUCTORA Y COMERCIALIZADORA ULTER WINES SpA

RUT 77638987-0 CVE 2315167
Fecha instrumento
5 de mayo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de mayo de 2023
Repertorio
6644/2023
Notario
Notario Reemplazante de LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
8º Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, Abogado, Notario Reemplazante de LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público, Titular de la 8º Notaria de Santiago, Huérfanos 941, Local 302, certifico que, por escritura de 5 de mayo de 2023, Repertorio Nº6644/2023, otorgada ante el Titular, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas con asistencia 100% accionistas, don Rodrigo Antonio Opazo Pavez y Américo Rodrigo Sepúlveda Villena, en su calidad de únicos socios, y asistencia de Notario Titular, en la que se acuerda modificar sociedad PRODUCTORA Y COMERCIALIZADORA ULTER WINES SpA, en el sentido de reformar los estatutos, modificándo la administración social y nombrar gerentes administradores, en los siguientes términos: Uno) Modificar el Artículo Décimo de los estatutos sociales, sobre la administración de la sociedad, proponiendo que ella sea del siguiente tenor: “Artículo Décimo: La administración de la sociedad estará a cargo de dos (2) gerentes administradores, quienes actuando de forma individual actuarán en representación de la sociedad, con amplias facultades. Los gerentes administradores podrán ser reemplazados por acuerdo de la mayoría absoluta de los votos emitidos en una Junta de Accionistas. Los gerentes administradores que ejercerán la administración de la sociedad serán, don Rodrigo Antonio Opazo Pavez, cédula de identidad número quince millones ciento cuarenta mil ochenta y ocho guión cuatro, y don Américo Rodrigo Sepúlveda Villena, cédula de identidad número quince millones ciento treinta y seis mil quinientos siete guión ocho”. En consecuencia, se propone eliminar la figura del Directorio dentro de la administración social, quedando sin efecto todas las referencias al mismo en los estatutos de la sociedad, y quedando a cargo de dicha administración los gerentes administradores indicados. Dos) Para efectos de dicha administración, se somete a consideración, que los gerentes admnistradores, sean investidos con las facultades de administración indicadas en la escritura extractada, modificándose en consecuencia el artículo Décimo Primero de los estatutos. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen vigentes íntegramente los estatutos de la sociedad. Otras cláusulas constan en escritura que extracto.- SANTIAGO; 10 de mayo de 2023.