CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Pérez y Cárcamo SpA

CVE 2315076
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de abril de 2023
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
15 de abril de 2023
Repertorio
676-2023
Notario
JULIO JORGE ABUYERES JADUE
Domicilio
Quillota

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Quillota, Región de Valparaíso
Duración
Indefinida

Objeto social

La procuración de alimentos y cafetería, preparación y distribución de alimentos frescos y preparados para el consumo, actividades de restaurantes y servicio móvil de comidas, suministro de comidas y alimentos por encargo, organizar eventos culinarios y de cafetería con toda clase de fines. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO JORGE ABUYERES JADUE, Notario Público de Quillota, Pudeto N°398, certifica que por escritura pública de fecha 15 de Abril de 2023, ante mí, Repertorio N°676-2023, señoras PAMELA DEL PILAR CARCAMO FUENTES, ingeniera agrónoma, con domicilio en Av. Veintiuno de Mayo 2106, casa 33, La Cruz; y PAULA CAROLINA PÉREZ PERONA, ingeniera agrícola, con domicilio en calle Pedro Aguirre Cerda sin número, Pocochay, comuna de La Cruz, constituyeron Sociedad por Acciones bajo especificaciones que extracto: Nombre: “Pérez y Cárcamo SpA.” Domicilio: Quillota, Región de Valparaíso, sin perjuicio de establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La procuración de alimentos y cafetería, preparación y distribución de alimentos frescos y preparados para el consumo, actividades de restaurantes y servicio móvil de comidas, suministro de comidas y alimentos por encargo, organizar eventos culinarios y de cafetería con toda clase de fines. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito por las accionistas fundadoras en acto de constitución y que pagarán en dinero efectivo por iguales partes dentro del plazo de 5 años contado desde fecha de escritura que extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Quillota, 02 de Mayo de 2023.-