MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MARIO ALFONSO PEREZ VILCHES CONSTRUCTORA LIMITADA

RUT 52001128-5 CVE 2315188
Capital
$159.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de noviembre de 2016

Instrumento

Fecha
15 de noviembre de 2016
Notario
ALVARO GONZALO MERA CORREA
Domicilio
para las Comunas de Constitución y Empedrado

Sociedad

Capital
$159.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley N° 19.857

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) Principalmente la prestación de servicios profesionales, relacionados con construcción, asistencia técnica, gestión y organización de proyectos de construcción o actividades afines o complementarias, incluyendo especialidades y desarrollar dichas actividades o servicios profesionales por cuenta propia por medio de sus socios en su calidad de profesionales; b) La construcción, edificación, reparación, remodelación, modificación, diseño, decoración y terminación de viviendas, casas, edificios, departamentos en terrenos propios o de terceros, por cuenta propia o ajena, y en general de toda clase de inmuebles, así como la ejecución de toda clase de obras civiles, públicas o privadas, de ingeniería, de arquitectura, sanitarias o hidráulicas, de urbanización, pavimentación, caminos, puentes, tranques embalses, sondajes y demás faenas relativas o relacionadas de cualquier modo con la construcción; c) Inversión de bienes raíces, incluso percepción de sus frutos (inmobiliaria), o sea compraventa y arrendamiento de inmuebles; d) Transporte, arriendo de vehículos, maquinarias y equipos, movimiento de tierras, nivelación de terrenos, instalación de tuberías, alcantarillado, redes de agua potable, gas, electricidad, exploraciones, perforaciones, incluso en el rubro de la ingeniería, asistencia técnica y servicios profesionales; e) En general, cualesquiera otra que directa e indirectamente se relacionen con las anteriores y que sea acordada por los socios durante la vigencia de la sociedad.“. El capital social se mantiene en $159.000.000.- (ciento cincuenta y nueve millones de pesos).- y la Administración, representación y uso y nombre o razón social de la sociedad ejercida por los socios don MARIO ALFONSO PÉREZ VILCHES y doña DORIS MARITZA ILLANES ROMERO, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, anteponiendo su firma a la razón social podrán representar y obligar a la sociedad con las más amplias facultades sin limitación alguna, conforme pacto social. En todo lo que no se modifica seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALO MERA CORREA, abogado, Notario Público, para las Comunas de Constitución y Empedrado, con oficio en calle O’Higgins 499-A de esta ciudad, CERTIFICA: por escritura pública de fecha 9 de mayo del 2023, ante mí: don MARIO ALFONSO PEREZ VILCHES, ambos por sí y en representación de “MARIO ALFONSO PEREZ VILCHES CONSTRUCTORA LIMITADA”, sociedad del giro de su denominación, todos domiciliados en Villa Rozzi N° 901, comuna de Constitución, otorgaron escritura modificación de sociedad de responsabilidad limitada, denominada “MARIO ALFONSO PEREZ VILCHES CONSTRUCTORA LIMITADA” o “CONSTRUCTORA LOMAS DEL MAULE LTDA.”, Rol Único Tributario número 52.001.128-5, cuya escritura social se constituyó mediante escritura pública de fecha veintiocho de octubre de dos mil tres, otorgada ante don Ignacio Vidal Domínguez, Notario Público Titular para las comunas de Talca, Pelarco, Río Claro, San Clemente, Maule, San Rafael, y Pencahue, como una empresa individual de responsabilidad limitada, con las estipulaciones que en dicho instrumento se establecieron, bajo la razón social “MARIO ALFONSO PEREZ VILCHES CONSTRUCTORA E.I.R.L.” o “CONSTRUCTORA LOMAS DEL MAULE E.I.R.L.”, publicada en el Diario Oficial en su edición número 37.702, página 38, de fecha 5 de noviembre de 2003 e inscrita a fojas 78 vta. N° 67 en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Constitución, correspondiente del año 2003. Posteriormente por escritura pública de fecha 15 de noviembre del año 2016, celebrada en la ciudad de Constitución, República de Chile, ante don Álvaro Gonzalo Mera Correa, abogado, Notario Público Titular para las comunas de Constitución y Empedrado, los comparecientes MARIO ALFONSO PÉREZ VILCHES por sí y en representación de “MARIO ALFONSO PEREZ VILCHES CONSTRUCTORA E.I.R.L.”, y doña DORIS MARITZA ILLANES ROMERO, decidió el primero hacer uso de la facultad conferida en el inciso 2° del artículo 14 de la Ley N° 19.857, en la representación que compareció conjuntamente con el otro compareciente, transformaron la empresa individual de responsabilidad limitada “MARIO ALFONSO PEREZ VILCHES CONSTRUCTORA E.I.R.L.” en una sociedad comercial de responsabilidad limitada, cuyo estatuto social se encuentra contenido en la escritural social indicada precedentemente, denominada “MARIO ALFONSO PEREZ VILCHES CONSTRUCTORA LIMITADA” o “CONSTRUCTORA LOMAS DEL MAULE LTDA.”. La escritura social se inscribió en extracto a fojas 138 vuelta, Nº 91 del Registro de Comercio de la ciudad de Constitución, con fecha 22 de noviembre de 2016 y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición Nº 41.613.- de fecha 21 de noviembre de 2016, V sección, Pag 1 de 3, CVE: 1138507 de año 2016, celebrada en la ciudad de Constitución, República de Chile, ante don Álvaro Gonzalo Mera Correa, abogado, Notario Público Titular para las comunas de Constitución y Empedrado, los comparecientes MARIO ALFONSO PÉREZ VILCHES y doña DORIS MARITZA ILLANES ROMERO, ambos por sí y en representación de “MARIO ALFONSO PEREZ VILCHES CONSTRUCTORA LIMITADA”, sociedad del giro de su denominación, quienes corrigieron, aclararon o subsanaron lo convenido en el contrato de modificación de sociedad referido precedente, todo lo cual se encuentra contenido en la escritural social ya indicada. La escritura social se inscribió en extracto a fojas 155, Nº 99 del Registro de Comercio de la ciudad de Constitución, con fecha 30 de noviembre de 2016 y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición Nº 41.623 de fecha 02 de diciembre de 2016, V sección, la siguiente forma: amplían el objeto de la sociedad, agregando la siguiente actividad: “principalmente la prestación de servicios profesionales, relacionados con construcción, asistencia técnica, gestión y organización de proyectos de construcción o actividades afines o complementarias, incluyendo especialidades y desarrollar dichas actividades o servicios profesionales por cuenta propia por medio de sus socios en su calidad de profesionales.”. Que en consecuencia de lo anterior acuerdan modificar la clausula noveno de los estatutos sociales, reemplazando su texto por el siguiente: “NOVENO: Objeto. El objeto de la sociedad será: a) Principalmente la prestación de servicios profesionales, relacionados con construcción, asistencia técnica, gestión y organización de proyectos de construcción o actividades afines o complementarias, incluyendo especialidades y desarrollar dichas actividades o servicios profesionales por cuenta propia por medio de sus socios en su calidad de profesionales; b) La construcción, edificación, reparación, remodelación, modificación, diseño, decoración y terminación de viviendas, casas, edificios, departamentos en terrenos propios o de terceros, por cuenta propia o ajena, y en general de toda clase de inmuebles, así como la ejecución de toda clase de obras civiles, públicas o privadas, de ingeniería, de arquitectura, sanitarias o hidráulicas, de urbanización, pavimentación, caminos, puentes, tranques embalses, sondajes y demás faenas relativas o relacionadas de cualquier modo con la construcción; c) Inversión de bienes raíces, incluso percepción de sus frutos (inmobiliaria), o sea compraventa y arrendamiento de inmuebles; d) Transporte, arriendo de vehículos, maquinarias y equipos, movimiento de tierras, nivelación de terrenos, instalación de tuberías, alcantarillado, redes de agua potable, gas, electricidad, exploraciones, perforaciones, incluso en el rubro de la ingeniería, asistencia técnica y servicios profesionales; e) En general, cualesquiera otra que directa e indirectamente se relacionen con las anteriores y que sea acordada por los socios durante la vigencia de la sociedad.“. El capital social se mantiene en $159.000.000.- (ciento cincuenta y nueve millones de pesos).- y la Administración, representación y uso y nombre o razón social de la sociedad ejercida por los socios don MARIO ALFONSO PÉREZ VILCHES y doña DORIS MARITZA ILLANES ROMERO, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, anteponiendo su firma a la razón social podrán representar y obligar a la sociedad con las más amplias facultades sin limitación alguna, conforme pacto social. En todo lo que no se modifica seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Constitución, 15 de mayo del 2023.