MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CLÍNICAS MÓVILES RUTA DE LA SALUD LIMITADA

RUT 76147121-K CVE 2315270
Capital
$50.000.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS
Oficio
Vigésima Segunda Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Notario Público Titular de la Vigésima Segunda Notaria de Santiago, con Oficio en calle San Sebastian N° 2727, Las Condes Certifica: Que por escritura púbica de fecha 13 de Abril de 2.023, Rep. N° 806- 2.023, ante mí, don CRISTIAN ANDRÉS FLORES FERREIRA, don HÉCTOR IVÁN ACEVEDO DAZA, y doña ROSANA REDOLFI, modificaron la Sociedad “CLÍNICAS MÓVILES RUTA DE LA SALUD LIMITADA”, nombre de fantasía “RUTA DE LA SALUD LTDA.”, RUT N°76.147.121-K, inscrita a fojas 69.983, N°48.912 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2010.- Cesión de derechos: CRISTIAN ANDRÉS FLORES FERREIRA, vendió, cedió y transfirió a doña ROSANA REDOLFI, quien compró y adquirió para sí el total de los derechos que al primero le corresponden en la Sociedad, equivalentes al 50% de los derechos sociales. El precio de la cesión es la suma de $2.000.000.-, que la cesionaria pagó con anterioridad, declarando el cedente haberlos recibido a su entera satisfacción.- Como consecuencia de la cesión referida, se retira el socio CRISTIAN ANDRÉS FLORES FERREIRA, quedando como únicos socios don HÉCTOR IVÁN ACEVEDO DAZA, y doña ROSANA REDOLFI, quienes son dueños, respectivamente, del 50% de los derechos sociales, y de las utilidades y pérdidas de la Sociedad, cuyo capital social asciende a la suma de $50.000.000.-. Modificación: Los socios, modificaron el artículo NOVENO de los estatutos, por lo que la administración de la Sociedad y el uso de la razón corresponderá exclusivamente al socio HÉCTOR IVÁN ACEVEDO DAZA, quien, para obligar a la Sociedad, deberá anteponer su firma a la razón social, con las facultades establecidas en el artículo DÉCIMO de los estatutos, los que se dan por expresamente reproducidos.- En todo lo demás y no modificado, rige y se mantiene pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 09 de Mayo de 2.023.