CARRASCO Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de mayo de 2023
- Repertorio
- 3873/2023
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $77.665.935 CLP
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Carrasco y Compañía S.A. actual CARRASCO Y COMPAÑÍA LIMITADA | socio | 78810050-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, abogado, Notario Público, Titular de la 21° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 578, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 10/05/2023, Repertorio N° 3.873/2023, ante mí, Raúl Jelvez Garcés, abogado, C.I. N° 10.391.334-9, domicilio Huérfanos 669 oficina 412, Santiago, debidamente facultado y autorizado al efecto, viene en otorgar escritura de complementación y rectificación de escritura pública de fecha 08 febrero 2023, otorgada en esta misma Notaria, de transformación de sociedad anónima a sociedad de responsabilidad limitada, Carrasco y Compañía S.A. actual CARRASCO Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT 78.810.050-7, siguiente sentido: UNO) Escritura pública de transformación inscrita fojas 18.014 número 8.530 Registro Comercio Conservador Santiago año 2023, y anotada margen de inscripción social original fojas 25.443 número 20.565 mismo Registro y Conservador año 1995; publicada Diario Oficial fecha 24 febrero 2023. DOS) En cláusula tercera nuevo estatuto de la sociedad “Carrasco y Compañía Limitada”, por error transcripción fue señalado capital social y composición de saldos cuentas de capitalización, en forma errada. Al reducir texto acta respectiva a escritura pública, se señala capital social errónea e incompleta, señalando $77.665.935.- debiendo haberse señalado $1.981.408.928.-, que es aquella que corresponde, de pleno derecho, de conformidad al artículo 10 de la Ley 18.046 y fue aquella considerada en el acuerdo adoptado por la Junta Extraordinaria de Accionistas. TRES) De esta forma, en escritura extractada, rectifica error numérico o de cifras contenido en escritura pública, rectificándose y modificándose cláusula tercera del actual estatuto social, en forma siguiente: “ TERCERO: El capital de la sociedad es la suma de $1.981.408.928.- el que corresponde al capital social con más la capitalización de las cuentas de revalorización del capital propio, de utilidad del ejercicio y de utilidades acumuladas menos la provisión legal de dividendo, todo ello de conformidad a lo que dispone el artículo 10 de la ley 18.046, y que ha sido aportado y enterado de la siguiente manera, a entera conformidad de la sociedad y de los socios: Jelvez & Asociados Limitada aporta la suma de $1.010.518.553.- ya enterado en la caja social correspondiente al aporte en dominio de todas su acciones y derechos sociales en Carrasco y Compañia S.A., representados por sus dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho acciones suscritas y pagadas, la que equivale al cincuenta y un por ciento del capital social; y, doña Samanntha Carrasco Hurtado, aporta la suma de $970.890.375.- ya enterado en la caja social correspondiente al aporte en dominio de todas sus acciones y derechos sociales en Carrasco y Compañía S.A., representados por sus dos mil trescientos cincuenta y dos acciones suscritas y pagadas, la que equivale al cuarenta y nueve por ciento del capital social. En consecuencia, todos los aportes se encuentran pagados y enterados en la caja social.” CUATRO) Que, se extiende la escritura extractada para los efectos previstos en artículo 9º Ley 19.499. CINCO) En lo no modificado, mantienen plena vigencia y se ratifican las restantes estipulaciones contenidas en la escritura pública citada rectificada y complementada. SEIS) Adicionalmente, comparecen en escritura extractada, doña Samanntha Carrasco Hurtado, abogado, C.I. N° 9.689.611-5, domiciliada en Huérfanos 669 oficina 412, Santiago; y, “Jelvez & Asociados Limitada”, Rol Único Tributario N°77.110.740-0, persona jurídica, domicilio Huérfanos 669 oficina 412, Santiago, ambos como únicos dueños, socios e interesados de sociedad “CARRASCO Y COMPAÑÍA LIMITADA ex CARRASCO Y COMPAÑÍA S.A.”, para todos los efectos legales a que hubiere lugar, especialmente lo previsto en Ley 19.499, declaran conocer, aceptar y ratificar, íntegramente, cláusulas de escritura extractada. Demás estipulaciones constan escritura extractada.