JRM CORREDORA DE SEGUROS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de abril de 2023
- Repertorio
- 6320/2023
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 10 años, contados desde la fecha de la escritura extractada. Se entenderá prorrogada la duración de la Sociedad en forma tácita y automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en orden a que la sociedad expire o termine al vencimiento del plazo o del período que entonces estuviere en vigor
Objeto social
El objeto exclusivo y único de la sociedad será la realización de todo tipo de actividades y prestación de servicios como corredor o intermediario en la contratación de toda clase de seguros y reaseguros, con cualquier entidad aseguradora nacional o extranjera, de conformidad con lo establecido en el artículo cincuenta y siete del Decreto con Fuerza de Ley doscientos cincuenta y uno, de mil novecientos treinta y uno.- En el desarrollo de su giro la sociedad podrá efectuar todo tipo de asesorías y prestaciones de servicios relacionados con dicho objeto, en la forma más amplia que actualmente o en el futuro lo permita la legislación chilena
Administración
De conformidad con lo establecido en la normativa vigente, las partes acuerdan que la administración y representación de la sociedad, el uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderán a don José Leonardo Cisternas Rojas, quien individualmente podrá ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, abogado, Notario Reemplazante del Titular de la Octava Notaría de Santiago, señor LUÍS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, ambos domiciliados en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago; certifico: Por Escritura Pública de fecha 28/04/2023, Repertorio 6320/2023, ante notario titular, don don JOSÉ LEONARDO CISTERNAS ROJAS, domiciliado para estos efectos en Loreto trescientos cincuenta, departamento mil novecientos dos, comuna de Recoleta; y don MIGUEL ANGEL PINTO VALDES, domiciliado en Juárez Larga seiscientos veintiuno, departamento dos mil ciento doce, comuna de Recoleta; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes, cuyo extracto es el siguiente: Razón social: La razón social de la sociedad es “JRM CORREDORA DE SEGUROS LIMITADA”, pudiendo usar para fines bancarios, publicitarios, tributarios y comerciales el nombre de fantasía “Vive Seguros Corredores Limitada”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerde establecer en otras ciudades del país o del extranjero. Objeto: El objeto exclusivo y único de la sociedad será la realización de todo tipo de actividades y prestación de servicios como corredor o intermediario en la contratación de toda clase de seguros y reaseguros, con cualquier entidad aseguradora nacional o extranjera, de conformidad con lo establecido en el artículo cincuenta y siete del Decreto con Fuerza de Ley doscientos cincuenta y uno, de mil novecientos treinta y uno.- En el desarrollo de su giro la sociedad podrá efectuar todo tipo de asesorías y prestaciones de servicios relacionados con dicho objeto, en la forma más amplia que actualmente o en el futuro lo permita la legislación chilena. Capital: El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos que los socios aportan, enteran, pagan de la siguiente forma: a) Don José Leonardo Cisternas Rojas la suma de novecientos mil pesos, que entera y paga en este acto, ingresando el dinero aportado a la caja social. b) Don Miguel Angel Pinto Valdes la suma de cien mil pesos, que entera y paga en este acto, ingresando el dinero aportado a la caja social. Administración: De conformidad con lo establecido en la normativa vigente, las partes acuerdan que la administración y representación de la sociedad, el uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderán a don José Leonardo Cisternas Rojas, quien individualmente podrá ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad. Duración: La sociedad tendrá una duración de 10 años, contados desde la fecha de la escritura extractada. Se entenderá prorrogada la duración de la Sociedad en forma tácita y automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en orden a que la sociedad expire o termine al vencimiento del plazo o del período que entonces estuviere en vigor. Demás estipulaciones escritura extractada.