Centella Transmisión S.A.
Instrumento
- Fecha
- 26 de abril de 2023
- Repertorio
- 6893-2023
- Notario
- Don Eduardo Javier Diez Morello
- Oficio
- 34° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDon Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público titular de la 34° Notaria de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, certifico que, por escritura pública suscrita ante mí, con fecha 26 de abril de 2023, repertorio 6.893-2023, a que se redujo acta de junta extraordinaria de accionistas de Centella Transmisión S.A. (la “Sociedad”) de 25 de abril de 2023, Ferrovial Power Infrastructure Chile SpA y Ferrovial Transco Chile III SpA, únicos accionistas de la Sociedad, según Registro de Accionistas que tuve a la vista, se aumentó el capital de la Sociedad y, en consecuencia se modificaron los Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, que se reemplazaron por los siguientes: "Artículo Quinto. Capital. El capital de la sociedad es la suma de ocho mil ochocientos un millones de pesos, dividido en ocho millones ochocientas un mil acciones ordinarias y nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo Primero Transitorio de estos Estatutos."; "ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. El capital de la sociedad es la cantidad de ocho mil ochocientos un millones de pesos, dividido en ocho millones ochocientas un mil acciones ordinarias y nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la siguiente forma: (a) La cantidad de un millón pesos, dividido en mil acciones suscritas y pagadas con anterioridad, de las cuales: (i) la sociedad Ferrovial Power Infrastructure Chile SpA es titular de quinientas una acciones, y (ii) La sociedad Ferrovial Transco Chile III SpA es titular de cuatrocientas noventa y nueve acciones; y (b) ocho mil ochocientos millones de pesos, dividido en ocho millones ochocientas mil acciones, suscritas por Ferrovial Power Infrastructure Chile SpA y que deberán pagarse dentro del plazo de treinta días contados desde el veinticinco de abril de dos mil veintitrés en dinero, en cuyo caso los créditos se valorizarán en los términos acordados por la Junta". Demás estipulaciones constan en instrumento extractado y no son materia de extracto.- Santiago, 09 de mayo de 2023.- Eduardo Javier Diez Morello.- Notario Público.