MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AGRÍCOLA SANTA ANA SpA

RUT 76019163-9 CVE 2314803
Fecha instrumento
19 de enero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
19 de enero de 2023
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Rancagua
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la realización, por cuenta propia, de terceros, o asociado a terceros, de las siguientes operaciones: a) Explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, en Chile o el extranjero, construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas; b) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas, o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, c) Formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y d) Todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N°0153, comuna de Providencia, Santiago, certifico: que, por escritura pública de hoy ante mi, MARÍA TERESA CORREA VALDÉS; MARIO FRANCISCO CORREA VALDÉS y JOSÉ MANUEL CORREA VALDÉS, en sus calidades de únicos y actuales accionistas de la sociedad “AGRÍCOLA SANTA ANA SpA”, Rol Único Tributario N°76.019.163-9, inscrita a fojas 80 número 85 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, correspondiente al año 2008, efectuaron modificación social de la misma, en la siguiente forma: A) División de la Sociedad: La unanimidad de los accionistas acordó dividir la sociedad AGRÍCOLA SANTA ANA SpA, en tres compañías, una de las cuales será la continuadora legal de la actual, con su misma razón social y personalidad jurídica, y otras dos nuevas sociedades, que nacen producto de la división de la actual sociedad y girarán bajo las razones sociales “AGRÍCOLA SANTA ANA UNO SpA” y “AGRÍCOLA SANTA LUISA SpA”. Los accionistas de la sociedad que se divide lo serán también, con misma participación en el capital, de las sociedades que nacen producto de la división. B) Disminución de Capital: La unanimidad de los accionistas acordó disminuir el capital de la sociedad AGRÍCOLA SANTA ANA SpA, por efecto y a consecuencia de la división, conviniendo modificar los Artículos Quinto y Primero Transitorio, ambos referentes al capital y los aportes, cuyos textos sustituyen íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de cuatrocientos millones de pesos, dividido en un millón doscientas mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. En caso de aumentarse el capital social mediante emisión de acciones de pago, el valor de estas podrá ser enterado en dinero efectivo, mediante la capitalización de créditos o con otros bienes”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente Estatuto, es la suma de cuatrocientos millones de pesos, dividido en un millón doscientas mil acciones nominativas, suscritas y pagadas íntegramente por los accionistas, en la siguiente proporción: a) doña MARÍA TERESA CORREA VALDÉS, la cantidad de cuatrocientas mil acciones, correspondiente a un tercio del haber social; b) don MARIO FRANCISCO CORREA VALDÉS la cantidad de cuatrocientas mil acciones, correspondiente a un tercio del haber social; y c) don JOSÉ MANUEL CORREA VALDÉS, la cantidad de cuatrocientas mil acciones, correspondiente a un tercio del haber social”.- C) Se aprueban los estatutos de la sociedad constituida con motivo de la división, cuyos accionistas, María Teresa Correa Valdés; Mario Francisco Correa Valdés y José Manuel Correa Valdés; acordaron lo que a continuación se extracta: Razón Social: AGRÍCOLA SANTA ANA UNO SpA, pudiendo actuar también con el nombre de fantasía “SANTA ANA I SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será la realización, por cuenta propia, de terceros, o asociado a terceros, de las siguientes operaciones: a) Explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, en Chile o el extranjero, construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas; b) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas, o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, c) Formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y d) Todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con el objeto social. Domicilio: Rancagua, sin perjuicio de las sucursales que se establezcan en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Capital: El capital social es la suma de cuatrocientos millones de pesos, dividido en un millón doscientas mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal suscritas y pagadas íntegramente por los accionistas, en la siguiente proporción: a) doña María Teresa Correa Valdés, la cantidad de cuatrocientas mil acciones, correspondiente a un tercio del haber social; b) don Mario Francisco Correa Valdés la cantidad de cuatrocientas mil acciones, correspondiente a un tercio del haber social; y c) don José Manuel Correa Valdés, la cantidad de cuatrocientas mil acciones, correspondiente a un tercio del haber social.- D) Se aprueban los estatutos de la sociedad constituida con motivo de la división, cuyos accionistas, María Teresa Correa Valdés; Mario Francisco Correa Valdés y José Manuel Correa Valdés; acordaron lo que a continuación se extracta: Razón Social: AGRÍCOLA SANTA LUISA SpA, pudiendo actuar también bajo el nombre de fantasía “SANTA LUISA SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será la realización, por cuenta propia, de terceros, o asociado a terceros, de las siguientes operaciones: a) Explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, en Chile o el extranjero, construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas; b) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas, o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, c) Formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y d) Todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con el objeto social. Domicilio: Rancagua, sin perjuicio de las sucursales que se establezcan en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Capital: El capital social es la suma de cuatrocientos millones de pesos, dividido en un millón doscientas mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas íntegramente por los accionistas, en la siguiente proporción: a) doña María Teresa Correa Valdés, la cantidad de cuatrocientas mil acciones, correspondiente a un tercio del haber social; b) don Mario Francisco Correa Valdés la cantidad de cuatrocientas mil acciones, correspondiente a un tercio del haber social; y c) don José Manuel Correa Valdés, la cantidad de cuatrocientas mil acciones, correspondiente a un tercio del haber social.- Demás estipulaciones constan escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 19 de enero de 2023.