RECICLAJE EN ACCIÓN SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de mayo de 2023
- Notario
- Félix Jara Cadot
- Oficio
- 41 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Administración
Artículo Noveno: La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña María Carolina Clerici, quien anteponiendo su firma, podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades; Modificando el Artículo Décimo por el siguiente: donde dice “Las administradoras y representante legal de la sociedad designada en la cláusula precedente, podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, que incluyen, además, de cualquiera inherente para dar cumplimiento al objeto social, las siguientes (…)”, debe decir: “La administradora y representante legal de la sociedad designada en la cláusula precedente, podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, que incluyen, además, de cualquiera inherente para dar cumplimiento al objeto social, las siguientes (…)”;.Otras estipulaciones en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFélix Jara Cadot, Notario Público 41 Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por instrumento privado y protocolizado hoy, ante mí, bajo el número 10.995-2023, doña María Carolina Clerici, domiciliada en Hannover 5750 departamento 912, La Reina, Región Metropolitana, y doña Daniela Melodie Gómez Palacios, domiciliada en Los Almendros 8C, Santa Luisa, Colina, Región Metropolitana, mediante Acuerdo de Accionistas modificaron la sociedad RECICLAJE EN ACCIÓN SpA, en cuanto lo siguiente: Modificando la razón social, contenida en el Artículo Primero de los estatutos sociales, donde antes decía: Se constituye una sociedad por acciones con el nombre de Reciclaje en Acción, y por abreviación Reciclaje SpA, ahora debe decir: Se constituye una sociedad por acciones con el nombre de “A Mis Pies SpA”, con la misma abreviación; Modificando el objeto sociedad contenido en el Artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: Artículo Cuarto: El Objeto de la sociedad será: a) La importación, exportación, compra y venta, comercialización y distribución de todo tipo de bienes, insumos o productos, sea a nivel nacional como internacional, por cuenta propia o de terceros; b) La prestación y contratación de todo tipo servicios relacionados con la comercialización de los productos y servicios, por cuenta propia o ajena; c) La representación, distribución y comercialización de marcas comerciales, productos o series, o bien empresas o sociedades, tanto nacionales como internacionales, por cuenta propia o ajena; e) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas con fines rentísticos, derechos de sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio, fondos de inversión, y toda clase de valores mobiliarios, instrumentos financieros y de inversión, y la administración de estas inversiones y sus frutos, sea en Chile como en el extranjero; f) servicios de consultoría en aquellos aspectos u otros que indirectamente se relacionen; g) cualquier otro objeto que pueda ayudar a concretar los negocios sociales; Modificando el Título Tercero: De La Administración en su Artículo Noveno por el siguiente: Título Tercero: De La Administración. Artículo Noveno: La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña María Carolina Clerici, quien anteponiendo su firma, podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades; Modificando el Artículo Décimo por el siguiente: donde dice “Las administradoras y representante legal de la sociedad designada en la cláusula precedente, podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, que incluyen, además, de cualquiera inherente para dar cumplimiento al objeto social, las siguientes (…)”, debe decir: “La administradora y representante legal de la sociedad designada en la cláusula precedente, podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, que incluyen, además, de cualquiera inherente para dar cumplimiento al objeto social, las siguientes (…)”;.Otras estipulaciones en escritura extractada. Capital: $1.000.000. Santiago, 4 mayo 2023.-