MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Peteroa Energy SpA

RUT 76618678-5 CVE 2313908
Capital
$10.006.197.740 CLP
Fecha instrumento
28 de abril de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de abril de 2023
Repertorio
31376-2023
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
2° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.006.197.740 CLP

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Cedars Solar SpA accionista 76963336-7
Peteroa Energy SpA accionista 76618678-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara número 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de abril de 2023, bajo repertorio N°31.376-2023, ante mí, Cedars Solar SpA, Rol Único Tributario N° 76.963.336-7, en su calidad de único accionista de Peteroa Energy SpA, Rol Único Tributario N°76.618.678-5, domiciliada en calle San Sebastián 2807, oficina 817, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, en adelante “La Sociedad”, modificó los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: Aumentó el capital de la Sociedad en la cantidad de $10.006.197.740, esto es, de $1.000.000 a la suma de $10.007.197.740, sin la emisión de nuevas acciones de pago. Como consecuencia del aumento de capital antes acordado, se reemplazó el artículo 4° y se incorporó el artículo 1° Transitorio de los estatutos: i) ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL. El capital de la Sociedad es la cantidad de diez mil siete millones ciento noventa y siete mil setecientos cuarenta pesos, dividido en mil acciones nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en los artículos transitorios de estos estatutos. Las acciones de la Sociedad se emitirán sin imprimir laminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, gozarán de los mismos derechos que correspondan a las acciones íntegramente pagadas. ii) ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: SUSCRIPCIÓN Y PAGO DEL CAPITAL. El capital de la Sociedad es la cantidad de diez mil siete millones ciento noventa y siete mil setecientos cuarenta pesos, dividido en mil acciones nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 8 de mayo de 2023. Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago.