Instrumento
- Fecha
- 9 de abril de 2023
- Repertorio
- 1577-2023
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad y comuna de Concepción. Artículo Tercero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, en especial la de restaurante, establecimiento de comida rápida, bar, fuente de soda, botillería, distribuidora de productos congelados y abarrotes y similares; tales como, cafetería y venta de productos alimenticios e insumos gastronómicos, elaboración y envasado de otros alimentos, prestación de servicios de comida preparada en forma industrial, servicio de otros establecimientos que expenden comidas y bebidas, servicios de banquetes, bodas, eventos y otras celebraciones, delivery y similares; Artículo Cuarto
Administración
Artículo Décimo Cuarto.- Gerente General y Representante Legal. La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo éste ser o no accionista, designado y esencialmente revocable, por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta. Sin embargo, no será necesaria la celebración de Junta de Accionistas para efectos de la designación o revocación del Gerente General en caso que tal designación o revocación conste por escritura pública firmada por el único accionista o por todos los accionistas de la Sociedad. Para todos los efectos, el Gerente General tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública. ARTÍCULOS TRANSITORIOS: Artículo Primero. - El capital de la Sociedad asciende a tres millones de pesos, dividido y representado en tres mil acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. Las tres mil acciones son suscritas en este acto por don Claudio Andrés Espinoza González, ya individualizado, a razón de tres mil acciones, a razón de mil pesos por cada acción, lo que en total asciende a la suma de tres millones de pesos, que el suscriptor pagará en dinero, en la misma moneda o en especie, dentro del plazo de diez días, debidamente reajustada.. Artículo Segundo. - Por este acto, y con efecto a contar de la fecha de la presente escritura pública, los accionistas de la Sociedad, designan como Gerente General de la Sociedad y Representante Legal, a don Claudio Andrés Espinoza González
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCONSTANZA ALVAREZ ULLOA, Notario Suplente del Titular de la Cuarta Notaría de Chillán, don Luis Eduardo Alvarez Díaz, con oficio en calle El Roble 515, certifico: Por escritura pública, de fecha 09 de abril de 2023, repertorio 1577-2023, otorgada ente el notario titular de esta notaría don Luis Eduardo Álvarez Díaz, don Claudio Andrés Espinoza González, cedula nacional de identidad número dieciséis millones treinta y un mil ciento setenta guion tres, chileno, Ingeniero, casado en separación de bienes, domiciliado en calle 20 de agosto cuatrocientos ochenta y dos, Chillán Viejo, Chillán, Región de Ñuble, quien acredita su identidad con la cédula de identidad respectiva, expone: Que constituye Sociedad por Acciones, E y V SPA, TÍTULO PRIMERO: Nombre, domicilio, objeto y duración de la Sociedad; Artículo Primero. - Nombre. El nombre de la Sociedad es “E y V SPA”. Artículo Segundo. - Domicilio. El domicilio de la Sociedad es la ciudad y comuna de Concepción. Artículo Tercero. - Objeto Social. El objeto de la Sociedad será: El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, en especial la de restaurante, establecimiento de comida rápida, bar, fuente de soda, botillería, distribuidora de productos congelados y abarrotes y similares; tales como, cafetería y venta de productos alimenticios e insumos gastronómicos, elaboración y envasado de otros alimentos, prestación de servicios de comida preparada en forma industrial, servicio de otros establecimientos que expenden comidas y bebidas, servicios de banquetes, bodas, eventos y otras celebraciones, delivery y similares; Artículo Cuarto.- Duración. La Sociedad tendrá una duración indefinida. TÍTULO TERCERO: De la Administración. Artículo Décimo Cuarto.- Gerente General y Representante Legal. La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo éste ser o no accionista, designado y esencialmente revocable, por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta. Sin embargo, no será necesaria la celebración de Junta de Accionistas para efectos de la designación o revocación del Gerente General en caso que tal designación o revocación conste por escritura pública firmada por el único accionista o por todos los accionistas de la Sociedad. Para todos los efectos, el Gerente General tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública. ARTÍCULOS TRANSITORIOS: Artículo Primero. - El capital de la Sociedad asciende a tres millones de pesos, dividido y representado en tres mil acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. Las tres mil acciones son suscritas en este acto por don Claudio Andrés Espinoza González, ya individualizado, a razón de tres mil acciones, a razón de mil pesos por cada acción, lo que en total asciende a la suma de tres millones de pesos, que el suscriptor pagará en dinero, en la misma moneda o en especie, dentro del plazo de diez días, debidamente reajustada.. Artículo Segundo. - Por este acto, y con efecto a contar de la fecha de la presente escritura pública, los accionistas de la Sociedad, designan como Gerente General de la Sociedad y Representante Legal, a don Claudio Andrés Espinoza González. Demás estipulaciones escritura extractada. Chillán, 09 de mayo de 2023.-