MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CICAL CAPACITACIÓN LIMITADA

RUT 76615990-7 CVE 2313579
Capital
$1.170 CLP
Fecha instrumento
27 de abril de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de abril de 2023
Notario
Wladimir Alejandro Schramm López
Oficio
49º Notaría
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.170 CLP

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá, a los socias doña ELIDA ISABEL DE LAS MERCEDES MOREIRA MUJICA y doña CLAUDIA ANDREA MAUNA ZAPATA, quienes actuando CONJUNTA o INDISTINTAMENTE y anteponiendo sus respectivas firmas a la razón social la representarán con las más amplias facultades que en derecho proceda y la obligarán en todos los actos jurídicos, convenciones, contratos, gestiones, actuaciones que fueren necesarios para el adecuado desarrollo de los negocios sociales, con iguales facultades escritura extractada. En todo lo no modificado rige pacto social constitutivo,

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Código Civil socio 11836317-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Wladimir Alejandro Schramm López, Abogado, Notario Público Titular 49º Notaría, Santiago, Hermanos Amunátegui 73, certifico, que por escritura pública de fecha 27 de abril de 2023, otorgada ante mí: Doña ELIDA ISABEL DE LAS MERCEDES MOREIRA MUJICA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, profesora, CI 9.743.208-2; VALERIA DANIELA ARRIETA GODOY, chilena, divorciada, factor de comercio, CI 16.262.010-K; y doña CLAUDIA ANDREA MAUNA ZAPATA, chilena, casada bajo el régimen de sociedad conyugal y actuando respecto de los bienes de su patrimonio reservado del artículo 150 del Código Civil, ingeniero comercial, CI 11.836.317-5, todos domiciliados calle Estanque 85, Loft 10, comuna y ciudad de Valparaíso, Región de Valparaíso, y de paso por ésta, mayores de edad, Acordaron modificar sociedad de responsabilidad limitada denominada “CICAL CAPACITACIÓN LIMITADA” constituida por escritura pública de fecha 13-12-2005, otorgada ante don CLOVIS TORO CAMPOS, Notario Público Titular de la Décimo Tercera Notaría de Santiago, RUT 76.615.990-7, cuyo extracto se inscribió a fs 1.553, Nº 1.065 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2.006 y publicado en el D.O 20-01-2006; la sociedad ha tenido varias modificaciones; doña ELIDA ISABEL DE LAS MERCEDES MOREIRA MUJICA, vende, cede y transfiere el 39.39% de sus derechos sociales, consistentes en el 38.9961% del capital social de la sociedad precedentemente individualizada, a doña CLAUDIA ANDREA MAUNA ZAPATA, quien los compra y acepta para sí, el precio de esta cesión es la suma de $1.170.000 mil pesos que doña CLAUDIA ANDREA MAUNA ZAPATA, paga, en este acto y en dinero efectivo, a la cedente, y que ésta declara recibir a su entera satisfacción. Finalmente, doña VALERIA DANIELA ARRIETA GODOY, vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales, consistentes en el 1% del capital social, de la sociedad precedentemente individualizada, a doña CLAUDIA ANDREA MAUNA ZAPATA, quien los compra y acepta para sí, el precio de esta cesión es la suma de 30.000 mil pesos, que doña CLAUDIA ANDREA MAUNA ZAPATA, paga, en este acto y en dinero efectivo, a la cedente, y que ésta declara recibir a su entera satisfacción. En consecuencia, y producto de la cesión precedente, se retira de la sociedad doña VALERIA DANIELA ARRIETA GODOY e ingresa doña CLAUDIA ANDREA MAUNA ZAPATA, quedando como únicos socios doña ELIDA ISABEL DE LAS MERCEDES MOREIRA MUJICA en proporción del 60,0039% de los derechos sociales y doña CLAUDIA ANDREA MAUNA ZAPATA en proporción del 39,9961% de los derechos sociales. Modificación: Los únicos y actuales socios de la sociedad “CICAL CAPACITACIÓN LIMITADA”, vienen en modificar la cláusula relativa a la administración, representación y uso de la razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá, a los socias doña ELIDA ISABEL DE LAS MERCEDES MOREIRA MUJICA y doña CLAUDIA ANDREA MAUNA ZAPATA, quienes actuando CONJUNTA o INDISTINTAMENTE y anteponiendo sus respectivas firmas a la razón social la representarán con las más amplias facultades que en derecho proceda y la obligarán en todos los actos jurídicos, convenciones, contratos, gestiones, actuaciones que fueren necesarios para el adecuado desarrollo de los negocios sociales, con iguales facultades escritura extractada. En todo lo no modificado rige pacto social constitutivo, demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 09 de mayo de 2023. Wladimir Schramm Lopez N.P.T.