AGRÍCOLA E INVERSIONES BMC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de mayo de 2023
- Repertorio
- 6589/2023
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.648.992 CLP
Personas y entidades (5)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Inversiones Matriz Margozzini Limitada | socio | 76455581-3 | — | — | |
| Inversiones Positano Limitada | socio | 76186107-7 | — | — | |
| Inversiones Brescia SpA | socio | 76410993-7 | — | — | |
| Asesorías e Inversiones Recco SpA | socio | 77713130-3 | — | — | |
| AGRÍCOLA E INVERSIONES BMC LIMITADA | socio | 78066770-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, abogado, Notario Reemplazante del Titular de la Octava Notaría de Santiago, señor LUÍS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, ambos domiciliados en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago; certifico: Que por escritura pública de fecha 04/05/2023, Repertorio N°6.589/2023, ante Titular, don Bruno Santiago César Margozzini Cella, C.I. N° 3.642.796-5 por sí; y en representación de Inversiones Matriz Margozzini Limitada, RUT: 76.455.581-3; don Andrés Eduardo Margozzini Garibaldi, C.I. N° 9.977.300-6, por sí y en representación de Inversiones Positano Limitada, RUT: 76.186.107-7; doña Claudia Andrea Margozzini Garibaldi, C.I. N° 7.021.813-5, por sí y en representación de Inversiones Positano Limitada, RUT: 76.186.107-7 y en representación de Inversiones Brescia SpA, RUT: 76.410.993-7; don Bruno Alfredo Margozzini Garibaldi, C.I. N° 7.024.469-1 en representación de Asesorías e Inversiones Recco SpA, RUT: 77.713.130-3; y doña Sandra Paola Margozzini Garibaldi, C.I. N° 9.977.359-6; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco número 5.561, oficina 1.301, comuna de Las Condes, Santiago; I. ANTECEDENTES: don BRUNO SANTIAGO CÉSAR MARGOZZINI CELLA, INVERSIONES MATRIZ MARGOZZINI LIMITADA, don ANDRÉS EDUARDO MARGOZZINI GARIBALDI, INVERSIONES POSITANO LIMITADA, doña CLAUDIA ANDREA MARGOZZINI GARIBALDI, don BRUNO ALFREDO MARGOZZINI GARIBALDI, y, doña SANDRA PAOLA MARGOZZINI GARIBALDI, son los únicos socios de AGRÍCOLA E INVERSIONES BMC LIMITADA, RUT: 78.066.770-2, constituida por escritura pública otorgada con fecha 19 de diciembre de 1990, en la Notaría de Santiago de don Álvaro Bianchi Rosas, bajo la razón social de “Agrícola Santa Rita de Puente Negro Limitada”, hoy AGRÍCOLA E INVERSIONES BMC LIMITADA. Un extracto de la referida escritura se inscribió a fojas 2 vuelta número 3 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando correspondiente al año1991 y fue publicado en el Diario Oficial con fecha 17 de enero de 1991. La sociedad ha sufrido diversas modificaciones siendo la última la que consta en escritura pública de fecha 11 de julio de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, cuyo extracto se inscribió Fojas 225 número 173 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando correspondiente al año 2022, y se publicó en el Diario Oficial el 02 de septiembre del mismo año, rectificada por escritura pública de fecha 02 de diciembre de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, cuyo extracto se inscribió Fojas 13 número 10 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando correspondiente al año 2023, y se publicó en el Diario Oficial el 07 de diciembre del mismo año. La sociedad se encuentra constituida por: A) Bruno Santiago César Margozzini Cella con un 0,40%, aproximadamente, de los derechos sociales en el capital social; B) Inversiones Matriz Margozzini Limitada con 98,05% aproximadamente, de los derechos sociales en el capital social; C) Inversiones Positano Limitada con 1,03% aproximadamente, de los derechos sociales en el capital social; D) Claudia Andrea Margozzini Garibaldi con 0,13% aproximadamente, de los derechos sociales en el capital social; E) Andrés Eduardo Margozzini Garibaldi con 0,13% aproximadamente, de los derechos sociales en el capital social; F) Asesorías E Inversiones Recco SpA con 0,13% aproximadamente, de los derechos sociales en el capital social; y, G) Sandra Paola Margozzini Garibaldi con 0,13% aproximadamente, de los derechos sociales en el capital social. Se deja constancia de lo siguiente: don Bruno Santiago César Margozzini Cella, posee el usufructo vitalicio del 3,6% de los derechos sociales, y; doña Sylvia Garibaldi Malfanti, posee el usufructo vitalicio del 0,40% de los derechos sociales. II.- CAMBIO EN LA PROPIEDAD: Que, por escritura pública de fecha 20 de abril del año 2023, otorgada en la notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, cuyo extracto fue inscrito a fojas 37.506, número 16.845 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2023, y publicado en el Diario Oficial de fecha 2 de mayo del mismo año, doña Claudia Andrea Margozzini Garibaldi, en su calidad de accionista de “Inversiones Brescia SpA”, aportó la totalidad de los derechos sociales de los que es titular en “Agrícola E Inversiones BMC Limitada”, correspondientes al 0,13% aproximadamente de participación en el capital social, a la citada sociedad, Inversiones Brescia SpA. En atención a lo antes señalado, la sociedad “Inversiones Brescia SpA”, adquirió la totalidad de los derechos sociales de Agrícola e Inversiones BMC Limitada, de los que era titular doña Claudia Andrea Margozzini Garibaldi, quien por tanto se retira de la sociedad, e ingresa a ella “Inversiones Brescia SpA”, lo que es aceptado en este acto por los demás socios. En atención a lo antes señalado, AGRÍCOLA E INVERSIONES BMC LIMITADA quedó constituida por: A) Bruno Santiago César Margozzini Cella con un 0,40% aproximadamente, de los derechos sociales en el capital social; B) Inversiones Matriz Margozzini Limitada con 98,05% aproximadamente, de los derechos sociales en el capital social; C) Inversiones Positano Limitada con 1,03% aproximadamente, de los derechos sociales en el capital social; D) Inversiones Brescia SpA con 0,13% aproximadamente, de los derechos sociales en el capital social; E) Andrés Eduardo Margozzini Garibaldi con 0,13% aproximadamente, de los derechos sociales en el capital social; F) Asesorías E Inversiones Recco SpA con 0,13% aproximadamente, de los derechos sociales en el capital social; y, G) Sandra Paola Margozzini Garibaldi con 0,13% aproximadamente, de los derechos sociales en el capital social. Se deja constancia de lo siguiente: don Bruno Santiago César Margozzini Cella, posee el usufructo vitalicio del 3,6% de los derechos sociales, y; doña Sylvia Garibaldi Malfanti, posee el usufructo vitalicio del 0,40% de los derechos sociales. III.- MODIFICACIÓN: Producto de lo anterior expuesto, los socios acordaron realizar la siguiente modificación a los Estatutos de la sociedad: Modificar Artículo Quinto de los estatutos sociales relativo al capital, dejándolo sin efecto e introduciendo el siguiente nuevo: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de $5.648.992.582 aportado por los socios en las siguientes proporciones: a) Don BRUNO SANTIAGO CÉSAR MARGOZZINI CELLA, aporta la suma de $22.595.666, equivalentes al 0,40% aproximadamente del capital social; b) INVERSIONES MATRIZ MARGOZZINI LIMITADA, aporta la suma de $5.538.735.597 equivalentes al 98,05% aproximadamente del capital social, c) INVERSIONES POSITANO LIMITADA aporta la suma de $57.691.639 equivalentes al 1,03% aproximadamente del capital social, d) INVERSIONES BRESCIA SpA aporta la suma de $7.492.420, equivalentes al 0,13% aproximadamente del capital social, e) don ANDRÉS EDUARDO MARGOZZINI GARIBALDI aporta la suma de $7.492.420, equivalentes al 0,13% aproximadamente del capital social, f) don ASESORÍAS E INVERSIONES RECCO SpA aporta la suma de $7.492.420, equivalentes al 0,13% aproximadamente del capital social, y, g) doña SANDRA PAOLA MARGOZZINI GARIBALDI aporta la suma de $7.492.420, equivalentes al 0,13% aproximadamente del capital social. Todos los aportes encuentran pagados y enterados en caja social con anterioridad a este acto”. En lo no modificado, continúan vigentes las demás cláusulas del pacto social, en todo aquello que sea compatible con las modificaciones efectuadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada./rdm.