CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL MILA LIMITADA

CVE 2312726
Fecha instrumento
3 de mayo de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de mayo de 2023
Repertorio
1069-2023
Notario
Astrid Betsabé González Araya
Oficio
Titular de la Cuadragésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Comuna de Talca
Duración
La sociedad comenzará a regir con esta fecha y expirará el treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiocho. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la instalación y explotación directa o por medio de terceros en el país o el extranjero de todo tipo de establecimientos comerciales destinados al comercio minorista de toda clase de productos y servicios de vestir y accesorios, incluyendo materias primas, tejidos, ropas hechas, confecciones, adornos y complementos de toda clase, el diseño y distribución de ellos, su fabricación y producción, la compraventa, importación, exportación e intermediación de estos mismos productos o servicios ya sean propios o de terceros a través de medios convencionales físicos o por plataformas web o aplicaciones móviles; la representación de marcas del área y, en general todos los demás que acuerden los

Administración

La administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a ambas socias, con las más amplias facultades de disposición y administración de bienes, pero deberán actuar siempre conjuntamente cuando se trate de contratar toda clase de operaciones de crédito, realizar toda clase de depósitos bancarios, dar en prenda bienes muebles, aceptar fianzas simples y solidarias, avalar letras de cambio, pagarés y toda clase de instrumentos negociables, y para comprar, vender, aportar, permutar, promesar o en general enajenar bienes raíces o bienes de capital o del activo fijo de la empresa, constituir hipotecas sobre bienes sociales y constituir a la sociedad en fiadora y codeudora solidaria

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Astrid Betsabé González Araya, Abogada, Notario Público Suplente de la Titular de la Cuadragésima Cuarta Notaría de Santiago, en reemplazo de doña Evelyn Carolina Sánchez Tapia, con Oficio en Avenida Vitacura número tres mil setecientos veinticuatro, comuna de Vitacura, según decreto número ciento cincuenta y siete guion dos mil veintitrés, de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, certifico: Que por escritura pública otorgada con fecha 03 de mayo de 2023, ante mí, con el repertorio N° 1069-2023 comparecieron: doña MARIA PIA MIGUELES OTEIZA, chilena, relacionadora pública, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número diez millones setecientos ochenta y un mil ochocientos ochenta y ocho guion K, domiciliada en Las Ñipas número cuatro mil doscientos veintiocho, comuna de Vitacura; y doña MARIA MARGARITA DE LOURDES LAGOS LEON, chilena, casada y separada totalmente de bienes, técnico agrícola, cédula nacional de identidad número diez millones setecientos sesenta y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro guion siete, domiciliada para estos efectos en Calle Cuatro Norte número seiscientos veinte, comuna de Talca, de paso por ésta; las comparecientes, mayores de edad, quienes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, en los siguientes términos: Razón Social: “SOCIEDAD COMERCIAL MILA LIMITADA”; pudiendo usar como nombre de fantasía indistintamente “MILA LTDA”. o "4ME LTDA.” o “FOUR ME LTDA.”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la instalación y explotación directa o por medio de terceros en el país o el extranjero de todo tipo de establecimientos comerciales destinados al comercio minorista de toda clase de productos y servicios de vestir y accesorios, incluyendo materias primas, tejidos, ropas hechas, confecciones, adornos y complementos de toda clase, el diseño y distribución de ellos, su fabricación y producción, la compraventa, importación, exportación e intermediación de estos mismos productos o servicios ya sean propios o de terceros a través de medios convencionales físicos o por plataformas web o aplicaciones móviles; la representación de marcas del área y, en general todos los demás que acuerden los socios. Administración: La administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a ambas socias, con las más amplias facultades de disposición y administración de bienes, pero deberán actuar siempre conjuntamente cuando se trate de contratar toda clase de operaciones de crédito, realizar toda clase de depósitos bancarios, dar en prenda bienes muebles, aceptar fianzas simples y solidarias, avalar letras de cambio, pagarés y toda clase de instrumentos negociables, y para comprar, vender, aportar, permutar, promesar o en general enajenar bienes raíces o bienes de capital o del activo fijo de la empresa, constituir hipotecas sobre bienes sociales y constituir a la sociedad en fiadora y codeudora solidaria.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, que las socias aportan y enteran en este acto, de contado y en partes iguales. Duración: La sociedad comenzará a regir con esta fecha y expirará el treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiocho. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno.- Domicilio: Comuna de Talca, sin perjuicio de las agencias que pueda establecer en otros puntos del país. Santiago, 04 de mayo de 2023.