Instrumento
- Fecha
- 2 de mayo de 2023
- Notario
- GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ
- Domicilio
- Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- la ciudad de SANTIAGO
- Duración
- Indefinida
Objeto social
A) Importación y exportación de productos. B) Comercialización de los productos importados y exportados en tiendas de retail y canales industriales. C) Venta de productos al por mayor y al detalle. Administración, representación y
Administración
será ejercida por los socios y constituyentes don ARNALDO ENRIQUE BÁEZ PIZARRO y don IVÁN RUBÉN VODOPIC FERNANDEZ, anteriormente individualizados
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ARNALDO ENRIQUE BÁEZ PIZARRO | socio | 7927956-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Público Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura hoy, ante mí, ARNALDO ENRIQUE BÁEZ PIZARRO, ingeniero químico, CI Nº 7.927.956-0 e IVÁN RUBÉN VODOPIC FERNANDEZ, contador auditor, CI Nº 10.313.125-1 constituyeron sociedad por acciones denominada QUIMO CHILE SpA, pudiendo usar como nombre de fantasía “JIMO CHILE”.- Domicilio: la ciudad de SANTIAGO, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que acuerde establecer, en el país o en el extranjero. Duración: indefinida. Objeto: A) Importación y exportación de productos. B) Comercialización de los productos importados y exportados en tiendas de retail y canales industriales. C) Venta de productos al por mayor y al detalle. Administración, representación y uso de la razón social: será ejercida por los socios y constituyentes don ARNALDO ENRIQUE BÁEZ PIZARRO y don IVÁN RUBÉN VODOPIC FERNANDEZ, anteriormente individualizados.- Capital: $1.000.000.- dividido en 10 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal de $100.000.- cada una, que se suscriben y pagan íntegramente en este acto, valor que ingresa a la caja social y se da por recibidos. Responsabilidad: Hasta monto de aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 2 de mayo de 2023.