FIGUEROA Y GAJARDO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de mayo de 2023
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- 5° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) la prestación de servicios estéticos y odontológicos; b) la compra, venta, importación, exportación y comercialización de toda clase de productos y artículos estéticos y odontológicos, y c) toda otra actividad relacionada que los socios convengan de común acuerdo
Administración
La representación de la sociedad, su administración y el uso de la razón social corresponderá a cualquiera de las socias quienes podrán actuar indistintamente de manera conjunta o separada anteponiendo el nombre o razón social a su firma la representarán con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la 5° Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifico: que por escritura pública de fecha 04 de mayo de 2023, ante mi reemplazante doña María Virginia Wielandt Covarrubias, Paz Natacha Gajardo Cruz, domiciliada en Pasaje presidente Riesco N°6.851, Las Condes y Laura Josefina Figueroa Bianchi domiciliada en calle Camino Las Hualtatas N°4.392, Lo Barnechea, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: “FIGUEROA Y GAJARDO LIMITADA” nombre de fantasía “BLOSSOM CLINICA ESTETICA Y DENTAL” Domicilio: Santiago. Objeto: a) la prestación de servicios estéticos y odontológicos; b) la compra, venta, importación, exportación y comercialización de toda clase de productos y artículos estéticos y odontológicos, y c) toda otra actividad relacionada que los socios convengan de común acuerdo. Capital: $10.000.000.- que socias aportan con $5.000.000.- cada una en dinero efectivo ya ingresado a la caja social, correspondiéndoles un 50% del capital social para cada socia. Duración: Indefinida. Administración: La representación de la sociedad, su administración y el uso de la razón social corresponderá a cualquiera de las socias quienes podrán actuar indistintamente de manera conjunta o separada anteponiendo el nombre o razón social a su firma la representarán con amplias facultades. Demás estipulaciones constan en escritura Extractada. Santiago, 08 de mayo de 2023.- P. Raby B. Not. Púb.