MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES CID & SANCHEZ LIMITADA

RUT 76408859-K CVE 2312126

Instrumento

Notario
RICARDO ROJAS PUGA
Domicilio
Quilpué

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RICARDO ROJAS PUGA, Notario Público de Quilpué, suplente del titular don CARLOS SWETT MUÑOZ, con oficio en calle Diego Portales número setecientos noventa, segundo piso, certifica que por escritura de hoy ante mí, don MARCO ANTONIO CID SOTO, chileno, casado con separación total de bienes, ingeniero civil químico, domiciliada en calle Pablo Raab número setecientos cincuenta y dos, casa cincuenta y dos, condominio Lomas del Sol III, Quilpué, cédula de identidad doce millones sesenta y seis mil setecientos cuarenta y uno guion seis; doña GABRIELA ANGÉLICA SÁNCHEZ YÁÑEZ, chilena, casada con separación total de bienes, ingeniero civil químico, domiciliada en calle Pablo Raab número setecientos cincuenta y dos, casa cincuenta y dos, condominio Lomas del Sol III, Quilpué, cédula nacional de identidad trece millones diecinueve mil setenta y dos guion tres; y don SEBASTIAN ENRIQUE SOTO BOTINELLI, chileno, soltero, empleado, domiciliado en Los Queltehues dos mil doscientos ochenta y tres, Villa Alemana, cédula de identidad dieciocho millones doscientos veintitrés mil ochocientos veinticinco guion dos; modificaron la SOCIEDAD DE INVERSIONES CID & SANCHEZ LIMITADA o C Y S LTDA., Rol único tributario setenta y seis millones cuatrocientos ocho mil ochocientos cincuenta y nueve guion K, del giro que indica su razón social, constituida por escritura pública de fecha diecinueve de agosto de dos mil catorce, ante el Notario Público de Viña del Mar don Raúl Farren Paredes, cuyo extracto se inscribió a fojas doscientos treinta y cinco vuelta número doscientos treinta y cinco del Registro de Comercio del año dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de Quilpué; cuyo capital vigente es de diez millones de pesos, íntegramente pagado y fue aportado en partes iguales de cincuenta por ciento, es decir, cinco millones de pesos cada uno de los socios; en cuanto doña GABRIELA ANGELICA SANCHEZ YAÑEZ vende, cede y transfiere el noventa y ocho por ciento de sus derechos, equivalente al cuarenta y nueve por ciento del capital social, a don MARCO ANTONIO CID SOTO, quien los compra, acepta y adquiere para si, en el precio de cuatro millones novecientos mil pesos, que se pagan y reciben al contado en este mismo acto; y, asimismo, vende, cede y transfiere el dos por ciento de sus derechos, equivalentes al uno por ciento del capital social, a don SEBASTIAN ENRIQUE SOTO BOTINELLI, en el precio de cien mil pesos, que se pagan y reciben al contado en este mismo acto. En consecuencia, doña GABRIELA ANGELICA SANCHEZ YAÑEZ ha vendido el ciento por ciento de sus derechos y se retira de la sociedad, la que queda o está integrada por don MARCO ANTONIO CID SOTO con un aporte de cinco millones novecientos mil pesos equivalente a noventa y nueve por ciento del capital social, y don SEBASTIAN ENRIQUE SOTO BOTINELLI con un aporte de cien mil pesos equivalente a uno por ciento del capital social. Además, MARCO ANTONIO CID SOTO y SEBASTIAN ENRIQUE SOTO BOTINELLI, como únicos socios, modifican la sociedad: a) en cuanto a su razón social que será INVERSIONES C Y S LIMITADA, pudiendo actuar y usar el nombre abreviado o de fantasía de C Y S LTDA,; y b) en cuanto a su administración, la cual en lo sucesivo será ejercida por cualquiera de los socios, conjunta o separadamente, con las facultades estipuladas en el estatuto social, salvo en lo relativo a las siguientes materias que sólo podrán ser acordadas o ejercidas por los dos socios conjuntamente: a) comprar, vender, permutar, enajenar y licitar bienes raíces; b) constituir y aceptar fianzas, prendas e hipotecas; y c) celebrar con Bancos, Instituciones de Crédito, Sociedades Civiles o comerciales y personas naturales o jurídicas, según fuere procedente, contratos de cuentas corrientes comerciales y bancarias de depósito o de crédito, girar y sobregirar en dichas cuentas, contratar créditos en cuenta corriente, prestamos, mutuos de toda especie con o sin garantía, pudiendo operar sin restricciones de ninguna especie en las cuentas corrientes abiertas o vigentes de la sociedad. Quilpué, 05 de mayo de 2023.-