Inversiones y Rentas 3 E Limitada
Instrumento
- Fecha
- 5 de abril de 2023
- Notario
- Patricio Raby Benavente
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
Los actuales y únicos socios de la Sociedad, acordaron modificar la cláusula Séptima de los estatutos sociales, sobre la administración de la sociedad, de manera tal que la administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Vicente Echeverría Whipple, doña Cynthia Michels Whipple Michels, doña Cristina Echeverría Whipple y doña Virginia Echeverría Whipple, quienes actuando en la forma y con las limitaciones y facultades señaladas en escritura extractada podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Tres. Los socios limitaron su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| E Limitada | socio | 77500540-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricio Raby Benavente, Abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 5 de abril del año 2023, ante mí, i) doña Cynthia Michels Whipple Michels; ii/ doña Cristina Echeverria Whipple; iii/ doña Virginia Echeverria Whipple; y, iv/ don Vicente Echeverria Whipple, por sí y también, en conjunto con todos los anteriores, en su calidad de comuneros hereditarios de la sucesión de don ALBERTO ECHEVERRIA RÍOS, todos domiciliados en Avenida El Bosque Norte 0177, oficina 602, Las Condes, Región Metropolitana; en su calidad de únicos socios de Inversiones y Rentas 3 E Limitada, RUT N° 77.500.540-8, inscrita a fojas 24.934, número 19.755 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2000. Acordaron dar cuenta del fallecimiento del socio de la sociedad don Alberto Echeverría Ríos, y modificar los estatutos Sociales en los siguientes términos: Uno. Capital: los actuales y únicos socios modificaron la cláusula Cuarta de los estatutos sociales, reemplazándola por la siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad es de quinientos mil un pesos, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los socios de la siguiente manera: a) la sucesión de don Alberto Echeverría Ríos, la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al noventa y nueve coma nueve nueve nueve ocho por ciento del capital social; y, b) don Vicente Echeverría Whipple, la suma de un peso, equivalentes al cero coma cero cero cero dos por ciento del mismo capital.” Dos. Administración: Los actuales y únicos socios de la Sociedad, acordaron modificar la cláusula Séptima de los estatutos sociales, sobre la administración de la sociedad, de manera tal que la administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Vicente Echeverría Whipple, doña Cynthia Michels Whipple Michels, doña Cristina Echeverría Whipple y doña Virginia Echeverría Whipple, quienes actuando en la forma y con las limitaciones y facultades señaladas en escritura extractada podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Tres. Los socios limitaron su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado, siguen vigentes las estipulaciones del pacto social. Otras estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 25 de abril de 2023. Patricio Raby Benavente, Notario Público.