MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

IMPORTACIONES ABARCA SpA

RUT 76377877-0 CVE 2311793
Fecha instrumento
28 de abril de 2023
Notaría
Pública de

Instrumento

Fecha
28 de abril de 2023
Notario
FELIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaría Pública de Santiago
Comuna
Pública de

Administración

- ARTICULO NOVENO.- dice, La administración de la sociedad se sujetará a las siguientes reglas: uno) no existirá directorio de la sociedad, como tampoco junta de accionistas; dos) La sociedad será administrada por un gerente general, quien contará con las facultades señaladas en este instrumento. El gerente general durará en sus funciones indefinidamente.- debiendo decir: “La administración de la sociedad estará sujeta a las siguientes reglas: uno) no existirá directorio de la sociedad, como tampoco junta de accionistas; dos) La sociedad será administrada por un gerente general, quien contará con las facultades señaladas en este instrumento.- El Gerente General será designado por el socio, o por los socios de consuno si en el futuro fueran más que uno, mediante escritura pública de modificación suscrita ante notario competente, la cual contendrá las facultades que se le otorgarán en dicha oportunidad, debiéndose además inscribirse o anotarse dicha actuación en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces pertinente.”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, abogado, Notario Público Titular de la 41ª Notaría Pública de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 1160, su bsuelo, comuna y ciudad de Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública suscrita ante mí el 28 de abril de 2023, anotada en el Repertorio con el N° 10.590-2023, comp areció: don Alejandro Fernando Cuentas Hinojosa en representación de don RICARDO OSVALDO PRADES SILVA, chileno, soltero, factor de comercio, C.I. Nº 9.092.381-1, domiciliado en calle Romero Nº 2917, Santiago, y don SANDRO MAMANI COA, peruano, soltero, factor de comercio, C.I. Nº 21.226.453-9, domiciliado en Jofre Nº 110 departamento Nº 308, de Santiago, suscribieron ESCRITURA DE MODIFICACION, COMPRAVENTA DE ACCIONES, REVOCACION DE PODERES Y DESIGNACION DE GERENTE GENERAL EN “IMPORTACIONES ABARCA SpA”, cuyos estatutos constan en la reducción a Escritura Pública de fecha 20 de Julio del año 2015 la cual se encuentra inscrita a Fs. 54320, Nº 31648, del Registro de Comercio del C.B.R.S. de Santiago del año 2015, en los siguientes términos: 1) En la cláusula tercera don Alejandro Fernando Cuentas Hinojosa en representación de don Ricardo Osvaldo Prades Silva, vende, cede y transfiere el 100% de sus acciones que alcanzan a 2000 acciones a don Sandro Mamani Coa, quien la compra acepta y adquiere para sí. 2) ) En la cláusula cuarta se estipula que el precio es de $20.000.000.- los cuales don Sandro Mamani Coa paga en este acto al contado y en efectivo. 3) En la cláusula séptimo viene en modificar los estatutos de la sociedad en el sentido: SEPTIMO: En este acto y por medio de este instrumento don Sandro Mamani Coa ya singularizado, en su calidad de socio único y exclusivo de la sociedad por acciones denominada “Importaciones Abarca SpA” viene en modificar los estatutos establecidos en la reducción a Escritura Pública de Junta Extraordinaria de Accionistas por Modificación y Transformación de Sociedad señalada en la cláusula primera en el siguiente sentido: TITULO TERCERO.- DE LA ADMINISTRACION.- ARTICULO NOVENO.- dice, La administración de la sociedad se sujetará a las siguientes reglas: uno) no existirá directorio de la sociedad, como tampoco junta de accionistas; dos) La sociedad será administrada por un gerente general, quien contará con las facultades señaladas en este instrumento. El gerente general durará en sus funciones indefinidamente.- debiendo decir: “La administración de la sociedad estará sujeta a las siguientes reglas: uno) no existirá directorio de la sociedad, como tampoco junta de accionistas; dos) La sociedad será administrada por un gerente general, quien contará con las facultades señaladas en este instrumento.- El Gerente General será designado por el socio, o por los socios de consuno si en el futuro fueran más que uno, mediante escritura pública de modificación suscrita ante notario competente, la cual contendrá las facultades que se le otorgarán en dicha oportunidad, debiéndose además inscribirse o anotarse dicha actuación en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces pertinente.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de mayo de 2023.- FJC/NP.