ByPal TRANSPORTES Y SERVICOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de abril de 2023
- Notario
- CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES
- Domicilio
- MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago.- Administración, Representación y Uso
- Duración
- 5 años contados desde la fecha de la presente escritura social, plazo renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, forma señalada en escritura.- Otras cláusulas constan en escritura que extracto.- SANTIAGO; 28 de Abril de 2023
Objeto social
El transporte terrestre de carga, nacional e internacional; servicios de logística y distribución en materia de transporte; compra venta de vehículos, corretaje, exportación, importación y comercialización de toda clase de elementos relacionados al transporte de carga y camiones pesados y en general, cualquier negocio, acto, contrato o actividades relacionadas; adquirir, enajenar, administrar, arrendar, importar o exportar, por cuenta propia o ajena, todo tipo de vehículos y bienes muebles e inmuebles; realizar actividades de construcciones en general; realizar asesorías, corretajes, adquirir, enajenar, alquilar, administrar por cuenta propia o ajena inmobiliarias y constructoras; realizar actividades gastronómicas en toda sus formas, podrá importar, exportar y comercializar toda clase de productos alimenticios, enseres domésticos e industriales, prendas de vestir y calzados, etc.; realizar actividades de hotelería y turismo; hacer inversiones, asesorías, representaciones y corretajes a empresas nacionales y)o extranjeras; realizar asesorías, corretajes, adquirir, enajenar, alquilar, administrar por cuenta propia o ajena todo lo relacionado a minerales y)o mineras en general; realizar cualquier negocio, acto, contrato o actividades relacionadas, y toda otra actividad relacionada con las anteriores que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, abogado, Notario Público Suplente de MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1161, entrepiso, de la Comuna y Ciudad de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 18 de Abril de 2023, ante mi comprecieron: don SERGIO ANDRES CALDERON y don MIGUEL GUSTAVO ANDRES PEREZ GONZALEZ, ambos Avenida Camino Del Cerro 1501, casa 84, comuna Quilicura, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: ByPal TRANSPORTES Y SERVICOS LIMITADA, nombre de fantasía ByPAL LTDA.- Objeto: El transporte terrestre de carga, nacional e internacional; servicios de logística y distribución en materia de transporte; compra venta de vehículos, corretaje, exportación, importación y comercialización de toda clase de elementos relacionados al transporte de carga y camiones pesados y en general, cualquier negocio, acto, contrato o actividades relacionadas; adquirir, enajenar, administrar, arrendar, importar o exportar, por cuenta propia o ajena, todo tipo de vehículos y bienes muebles e inmuebles; realizar actividades de construcciones en general; realizar asesorías, corretajes, adquirir, enajenar, alquilar, administrar por cuenta propia o ajena inmobiliarias y constructoras; realizar actividades gastronómicas en toda sus formas, podrá importar, exportar y comercializar toda clase de productos alimenticios, enseres domésticos e industriales, prendas de vestir y calzados, etc.; realizar actividades de hotelería y turismo; hacer inversiones, asesorías, representaciones y corretajes a empresas nacionales y/o extranjeras; realizar asesorías, corretajes, adquirir, enajenar, alquilar, administrar por cuenta propia o ajena todo lo relacionado a minerales y/o mineras en general; realizar cualquier negocio, acto, contrato o actividades relacionadas, y toda otra actividad relacionada con las anteriores que los socios acuerden.- Domicilio: Santiago.- Administración, Representación y Uso Razón Social: Corresponderá a ambos socios en forma conjunta, amplias facultades.- Capital: $30.000.000, que se enteran y aportan de la siguiente manera: a) SERGIO ANDRES CALDERON, aporta $21.000.000, equivalente al 70% del total de los derechos sociales, que ingresa en este acto, al contado, a la caja social; y b) MIGUEL GUSTAVO ANDRES PEREZ GONZALEZ, aporta $9.000.000, equivalentes al 30% de los derechos sociales, que ingresa en este acto, al contado, a la caja social.- Responsabilidad: Limitada hasta la concurrencia de sus aportes. Duración: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura social, plazo renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, forma señalada en escritura.- Otras cláusulas constan en escritura que extracto.- SANTIAGO; 28 de Abril de 2023.