MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SYT IMPRESORES LIMITADA

RUT 76321799-K CVE 2311131
Capital
$8.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de agosto de 2013
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de agosto de 2013
Repertorio
6953-2013
Notario
ALBERTO ROJAS LOPEZ
Oficio
6ta Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$8.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO ROJAS LOPEZ, Notario Público, titular de la 6ta Notaria de Santiago, Bandera numero 465, 2º piso, certifica: Por Escritura Pública de fecha 28/marzo/2023, Rep. 174, ante mí, don SERGIO ANTONIO TORO GOMEZ, cédula de identidad N° 9.666.743-4; don GUILLERMO ANDRES SALINAS CACERES, cédula de identidad N° 16.122.738-2; y doña PALOMA BELÉN TORO VIANCOS, cédula de identidad N° 15.935.576-4, todos domiciliados en Francisco de Bilbao N°1322, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “SYT IMPRESORES LIMITADA” nombre de fantasía SYT LTDA, Rut: 76.321.799-k, constituida por escritura pública de fecha 22 de Agosto de 2013, otorgada en la 12 Notaria de Santiago de don Sergio Henríquez Silva, repertorio Nº6953-2013, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 69244 Número 45636 del año 2013, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile en su edición Nº 40.655 de fecha 09 de Septiembre de 2013.- Uno).- Don Sergio Antonio Toro Gómez, cede, vende y transfiere a don Guillermo Andrés Salinas Cáceres, quien adquiere para sí el la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 40% del capital social en la suma de $8.000.000, al contado, pagados; Dos).- Producto modificación el cedente las cedente don Sergio Antonio Toro Gómez se retira sociedad; Tres).- Los únicos socios don Guillermo Andrés Salinas Cáceres, con el 70% y doña Paloma Belén Toro Viancos con 30%, del capital social; Cuatro).- Los socios acuerdan modificar las siguientes cláusulas del primitivo pacto social: A).- La cláusula quinta cual reemplazan primera parte por “administración y uso razón social corresponderá socio don Guillermo Andrés Salinas Cáceres quien actuando en la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social o el nombre de fantasía de la sociedad, podrá representarla con las más amplias facultades, en lo no modificado rige enteramente B).- La cláusula séptima del Capital, aumentando el capital social de $15.000.000 a $30.000.000.- que se entera de la siguiente forma: Don Guillermo Andrés Salinas Cáceres entera $25.500.000, equivalente al 85% del capital social, ya enterado en caja social; y doña Paloma Belén Toro Viancos, aporta la suma $4.500.000, equivalente 15% del capital social, ya enterado en caja social. El no modificado de las cláusulas del pacto primitivo.- Demás estipulaciones escritura extractada.