SM CARROS SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de mayo de 2023
- Repertorio
- 3005/2020
- Notario
- Rodrigo Domínguez Jara
- Domicilio
- Curicó
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 19.499.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 2 de Mayo de 2023, en mi despacho compareció, doña MARIANA CATALINA INOSTROZA ALEGRÍA, cédula de identidad Nº16.582.328-1, domiciliada en camino Los Niches, Kilómetro 13, sin número, comuna de Curicó, y expuso que viene en reducir a escritura pública el acta que es del siguiente tenor: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “SM CARROS SpA”, que se llevó a efecto en Curicó, a 2 de mayo de 2023, ante mí, Rodrigo Domínguez Jara, Abogado, Notario Público Titular de Curicó, y en mi despacho ubicado en calle Estado Nº236 de esta ciudad de Curicó. Se deja constancia que con la asistencia del 100% de los accionistas, que reúnen las 100 acciones que constituyen la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto. Las accionistas presentes corresponde a: Doña MARIANA CATALINA INOSTROZA ALEGRÍA, chilena, cédula nacional de identidad Nº16.582.328-1, empresaria, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en Fundo La Florida, Hijuela Oriente, Lote 3, sin número, Los Niches, comuna de Curicó, dueña de 100 acciones equivalentes al 100% de las acciones existentes. El único punto a tratar en esta reunión es el saneamiento del objeto de la sociedad en conformidad a las disposiciones de la ley 19.499.- Por unanimidad de las accionistas presentes (100%), las cuales corresponden al 100% de las acciones existentes, se acuerda sanear los vicios formales de que adolece la presente sociedad, consistentes en: 1.- (Primer vicio) Con fecha 6 de noviembre del año 2020 se celebró una nueva JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE “SM SERVICIOS INTEGRALES SpA”, por medio de la cual se acordó la modificación de la razón social a “SM CARROS SpA”, o “SM SpA”, dicha acta no cumple con el requisito legal del inciso final del artículo 57 de la Ley 18.046, en cuanto dicha acta no fue celebrada ante notario público, por lo tanto no se ha certificado que dicha acta es expresión fiel de lo ocurrido y acordado en ella. 2.- (Segundo vicio) El segundo vicio se encuentra en la suscripción de la escritura de modificación de sociedad, de fecha 16 de noviembre de 2020, en los mismos términos antes indicados y ante el Notario Público de Curicó, don Rodrigo Domínguez Jara, asignándosele el número de repertorio 3005/2020, sin embargo, en dicha escritura de modificación se omitió indicar que concurre el 100% de los accionistas a la junta extraordinaria de accionistas de “SM SERVICIOS INTEGRALES SpA”, celebrada con fecha 06 de noviembre de 2020, cuya acta fue reducida a escritura pública con fecha 16 de noviembre de 2020, ante Notario Público Titular de Curicó don Rodrigo Domínguez Jara. Que por este acto se viene en sanear los dos mencionados vicios de la presente sociedad, estableciendo que: La presente JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “SM CARROS SpA” es celebrada ante y en presencia del Notario Público Titular de Curicó don Rodrigo Domínguez Jara, quien certifica que la presente acta es expresión fiel de lo ocurrido y acordado en la mencionada junta, por lo que se sanea el primer vicio mencionado en el punto anterior, en donde además se establece que, también concurre el 100% de las acciones existentes, con la totalidad (100%) de los socios accionistas, y por la cual se acuerda el saneamiento del segundo vicio formales antes señalados por medio de la presente acta. Las partes acuerdan por unanimidad aprobar los saneamientos mencionados anteriormente. Otras estipulaciones escritura extractada.- Curicó, 04 de Mayo de 2023.