INMOBILIARIA, INVERSIONES, PRODUCCIONES, ESPECTÁCULOS, SERVICIOS LA PATRIÓTICO INTERESANTE LTDA.
Instrumento
- Fecha
- 25 de abril de 2023
- Repertorio
- 6848-2023
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.200 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, Providencia, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 25 de abril de 2023, Repertorio N° 6.848-2023, ante mí, doña KATIUSKA ANDREA VALENZUELA CASTILLO cédula nacional de identidad N° 14.138.661-1; don IGNACIO JAIME ACHURRA DÍAZ cédula de identidad nacional N° 10.357.412-9 y don GONZALO ALEJANDRO BASTIDAS DÍAZ cédula de identidad N° 14.155.319-4, todos domiciliados en calle De la Música N° 236 comuna de Maipú; modificaron la sociedad “INMOBILIARIA, INVERSIONES, PRODUCCIONES, ESPECTÁCULOS, SERVICIOS LA PATRIÓTICO INTERESANTE LTDA”, constituida el 04 de mayo del año 2007 ante la 48° Notaría de Santiago José Musalem Saffie, inscrita a fojas 20.792 N° 15.200 del año 2007 en el registro de Comercio de Santiago y publicada en el Diario oficial el 02 de junio del año 2007, en cuanto: 1) IGNACIO JAIME ACHURRA DÍAZ con expreso consentimiento de la otra socia, vende, cede y transfiere a GONZALO ALEJANDRO BASTIDAS DÍAZ, el 30% de los derechos sociales que tiene en la sociedad “INMOBILIARIA, INVERSIONES, PRODUCCIONES, ESPECTÁCULOS, SERVICIOS LA PATRIÓTICO INTERESANTE LTDA”. 2) IGNACIO JAIME ACHURRA DÍAZ con expreso consentimiento de la otra socia, vende, cede y transfiere a KATIUSKA ANDREA VALENZUELA CASTILLO, el 20% de los derechos sociales que tiene en la sociedad “INMOBILIARIA, INVERSIONES, PRODUCCIONES, ESPECTÁCULOS, SERVICIOS LA PATRIÓTICO INTERESANTE LTDA”. Se modifica el estatuto de la siguiente manera: A) Se remplaza la cláusula quinta: El capital de la sociedad será de $1.200.000 (un millón doscientos mil pesos), que los socios aportan de la siguiente manera: a) KATIUSKA ANDREA VALENZUELA CASTILLO aporta $840.000.- (ochocientos cuarenta mil pesos) equivalentes al 70% del capital social, que los entera en este acto y en dinero efectivo; b) GONZALO ALEJANDRO BASTIDAS DÍAZ aporta un $360.000.- (trescientos sesenta mil pesos) equivalentes al 30% del capital social, que los entera en este acto y en dinero efectivo. La responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. B) Se remplaza la cláusula cuarta: El uso de la razón social y la administración de la sociedad, como asimismo su representación judicial y extrajudicial, corresponderá a la socia, KATIUSKA ANDREA VALENZUELA CASTILLO, quien lo hará anteponiendo la razón social a su firma, representando a la sociedad con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que convengan al objeto social, facultades enunciadas en la escritura extractada. En todo lo no expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social que consta en Escritura Pública de fecha 04 de mayo del año 2007, otorgada en la 48° Notaría de Santiago José Musalem Saffie y en modificación de fecha 02 de diciembre de 2009, otorgada en la 48° Notaría de Santiago, José Musalem Saffie.- Santiago, 03 de mayo de 2023.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.-