MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Profesionales Cabrera Limitada

RUT 77804800-0 CVE 2310172
Capital
$2.970 CLP
Fecha instrumento
10 de abril de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de abril de 2023
Notario
PABLO A. GONZÁLEZ CAAMAÑO
Oficio
Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.970 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO A. GONZÁLEZ CAAMAÑO, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 10 de Abril de 2023, ante mí, Don RODRIGO EDUARDO CABRERA MARTÍNEZ, cédula nacional de identidad 9.061.345-6 domiciliado en Calle Nazareth número seis mil sesenta y seis, comuna de La Reina, Región Metropolitana, y don JUAN CARLOS HEREDIA RODRÍGUEZ, cédula nacional de identidad 12.209.216-K, con domicilio en calle san Ignacio número ochocientos setenta y cuatro, comuna y ciudad de Santiago, modifican SOCIEDAD DE PROFESIONALES CABRERA LIMITADA RUT 77.804.800-0 constituida el 14 catorce de junio de 2002, ante el Notario Público de Santiago doña ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, extracto fue inscrito a Fojas 15860 N° 13035 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2002, y modificada por escrituras públicas de fechas 27 de febrero del año 2017, otorgada ante doña CARMEN HORTENCIA SOZA MUÑOZ, Notario Público suplente de la 7a Notaría de Santiago, titular doña MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, inscribiéndose su extracto a Fojas 20009, Número 11258 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017 y publicado en el diario oficial con fecha 4 de marzo del año 2017, y 16 de diciembre del año 2022, ante el Notario Público don PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, extracto inscrito a Fojas 105780, Número 46679, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022 y publicado en el diario oficial con fecha 22 de Diciembre del año 2022, en sentido que: 1) Cesión de derechos. Don JUAN CARLOS HEREDIA RODRÍGUEZ, vende, cede y transfiere el noventa y tres coma tres por ciento del total de sus derechos, equivalentes a catorce por ciento del total del haber, acciones y derechos en la sociedad, a don RODRIGO EDUARDO CABRERA MARTÍNEZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en el precio de cuatrocientos veinte mil pesos, que el cesionario paga de contado. 2) Participación de los socios. Como consecuencia de la cesión de derechos que consta en esta cláusula, los socios declaran que su participación en el capital total de la sociedad, alcanza a un 99%, para el socio don RODRIGO EDUARDO CABRERA MARTÍNEZ, equivalente a $2.970.000; y un 1%, para el socio don JUAN CARLOS HEREDIA RODRÍGUEZ, equivalente a $30.000. En todo lo no modificado por este instrumento, queda vigente el pacto social primitivo.