MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SANTIAGO LIMITADA

RUT 76042872-8 CVE 2310142
Capital
$4.147.939 CLP
Fecha instrumento
18 de abril de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de abril de 2023
Repertorio
15848-2023
Notario
ibutario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos
Oficio
Trigésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.147.939 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ASESORÍAS E INVERSIONES JOLAR LIMITADA socio 76292190-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y Rol Único Tributario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, Quinto Piso, certifico: Por escritura pública de fecha 18.04.2023 ante mí, Repertorio N° 15.848-2023, ASESORÍAS E INVERSIONES JOLAR LIMITADA, RUT N° 76.292.190-1; doña MARÍA SOLEDAD LARRAÍN ALAMOS; y don JOAQUÍN LARRAÍN ROMÁN, todos domiciliados en Avenida Alonso de Córdova N° 3788, piso 3, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron “INVERSIONES SANTIAGO LIMITADA”, RUT N° 76.042.872-8, inscrita a fojas 59.582 N° 41.310 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2008, en sentido que MARÍA SOLEDAD LARRAÍN ALAMOS, titular de 0,241% de los derechos sociales cede la totalidad de los mismos a don JOAQUÍN LARRAÍN ROMÁN. Así, MARÍA SOLEDAD LARRAÍN ALAMOS deja de tener la calidad de socia de la Sociedad, y quedan como únicos socios: (a) ASESORÍAS E INVERSIONES JOLAR LIMITADA como titular del 99,759% de los derechos sociales; y (b) JOAQUÍN LARRAÍN ROMÁN, titular del 0,241% restante de los derechos sociales. El capital social asciende a la suma de $4.147.939.- íntegramente aportado por los socios en caja social. Se reemplazó artículo Quinto del pacto social. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 02.05.2023.