Inversiones del Valle Limitada
Instrumento
- Fecha
- 6 de marzo de 2023
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $83.914.723 CLP
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 20 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el registro pertinente al margen de la inscripción social con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones, ya sea en Chile como en el extranjero, en toda clase de bienes inmuebles y)o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada con fecha 6 de marzo de 2023, ante mí, Víctor José Herrmann Wahrenberg y Regina Úrsula Bárbara Priesnitz Hein, ambos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, av. Valle Escondido N°4.540, departamento 304, comuna de Lo Barnechea, acordaron dividir la sociedad Inmobiliaria Casa del Valle Limitada, subsistiendo ésta como continuadora legal, y constituyéndose con motivo de la división 2 nuevas sociedades de responsabilidad limitada, una de ellas bajo la razón social de Inversiones del Valle Limitada, lo anterior con efecto a partir de la fecha de la escritura extractada. Razón Social: Inversiones del Valle Limitada. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones, ya sea en Chile como en el extranjero, en toda clase de bienes inmuebles y/o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos. Capital: $83.914.723, íntegramente aportado y pagado por los socios en la siguiente forma y proporción: i) don Victor José Herrmann Wahrenberg ha aportado y pagado la cantidad de ochenta y tres millones setecientos ochenta y ocho mil ochocientos cincuenta y un pesos, equivalentes al noventa y nueve coma ochenta y cinco por ciento del capital e interés social; y, ii) doña Regina Úrsula Bárbara Priesnitz Hein ha aportado y pagado la cantidad de ciento veinticinco mil ochocientos setenta y dos pesos, equivalentes al cero coma quince por ciento del capital e interés social. Administración y uso razón social: Corresponderá indistintamente a los socios, don Victor José Herrmann Wahrenberg y doña Regina Úrsula Bárbara Priesnitz Hein, actuando individual y separadamente uno cualquiera de ellos, con amplias facultades y poderes de administración y disposición. Duración: La sociedad tendrá una duración de 20 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el registro pertinente al margen de la inscripción social con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 2 de mayo de 2023.