MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA RANCHO ESMERALDA LIMITADA

RUT 78002260-4 CVE 2309248
Capital
$679.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de marzo de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de marzo de 2023
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
26a Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$679.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
50 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguna de las socias manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento.- V

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto la explotación agrícola, forestal y ganadera de predios propios o arrendados; la comercialización y distribución de productos agropecuarios, forestales, implementos y maquinarias agrícolas, dentro o fuera del país, en general toda negociación, acto o contrato relacionado con las materias relacionadas. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios; gravarlos con hipoteca o prendas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto; pudiendo ser socia gestora de sociedades en comandita, y en general ejecutar todos los actos, y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado. III

Administración

La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá indistintamente a don JORGE ANDRÉS COSTA HAMILTON y a doña ROSANA DE LOURDES LAGOS RIVERA pudiendo actuar cualquiera de ellos en forma individual, y en caso de ausencia o imposibilidad de los dos primeros, situación que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración corresponderá a dos cualquiera entre Jorge Andrés Costa Palazuelos, María José Costa Palazuelos, Alejandra Costa Palazuelos, Fernando Costa Palazuelos, Diego Costa Palazuelos y)o Gonzalo Costa Palazuelos, quienes actuando de la forma señalada y anteponiendo su firma a la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y representación de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público 26a Notaría de Santiago, Apoquindo 3196, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de marzo de 2023, Rep. Número 2.612, ante mí; i) don JORGE ANDRES COSTA HAMILTON; ii) La sociedad INVERSIONES SAN MAXIMINO Y COMPAÑÍA CONSULTORES LIMITADA, representada; y, iii) doña ROSANA DE LOURDES LAGOS RIVERA; todos domiciliados para estos efectos Fundo Rancho Esmeralda, Cacique Colín, kilómetro ocho coma siete, comuna de Lampa, Región Metropolitana; acordaron refundir los estatutos sociales de la sociedad AGRÍCOLA RANCHO ESMERALDA LIMITADA, inscrita a fojas 11.361, número 5.744 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 1990, los cuales quedaron redactados de la siguiente manera: I. Razón Social. La razón social será “AGRÍCOLA RANCHO ESMERALDA LIMITADA”, pudiendo actuar bajo el nombre de fantasía “AGRÍCOLA RANCHO ESMERALDA LTDA.”- II. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto la explotación agrícola, forestal y ganadera de predios propios o arrendados; la comercialización y distribución de productos agropecuarios, forestales, implementos y maquinarias agrícolas, dentro o fuera del país, en general toda negociación, acto o contrato relacionado con las materias relacionadas. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios; gravarlos con hipoteca o prendas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto; pudiendo ser socia gestora de sociedades en comandita, y en general ejecutar todos los actos, y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado. III. Domicilio. Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados.- IV. Duración. 50 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguna de las socias manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento.- V. Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $679.000.000.- VI. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá indistintamente a don JORGE ANDRÉS COSTA HAMILTON y a doña ROSANA DE LOURDES LAGOS RIVERA pudiendo actuar cualquiera de ellos en forma individual, y en caso de ausencia o imposibilidad de los dos primeros, situación que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración corresponderá a dos cualquiera entre Jorge Andrés Costa Palazuelos, María José Costa Palazuelos, Alejandra Costa Palazuelos, Fernando Costa Palazuelos, Diego Costa Palazuelos y/o Gonzalo Costa Palazuelos, quienes actuando de la forma señalada y anteponiendo su firma a la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y representación de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 19 de abril de 2023.- HQM. Not. Pub.