AGRÍCOLA COLEGUAL SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de noviembre de 2018
- Repertorio
- 1467-2018
- Notario
- ÁLVARO MAURICIO TOLEDO SOTO
- Oficio
- Cuarta Notaría de Osorno
- Comuna
- Osorno
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO MAURICIO TOLEDO SOTO, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Osorno, con oficio en calle Manuel Antonio Matta N° 698, certifica: por escritura hoy, ante mí, doña BRUNY KILDA WEISSER ROSAS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, agricultora, cédula de identidad número 6.580.246-5; don ALEX RICHARD HORNIG WEISSER, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula de identidad número 10.377.238-9; don HEINZ ALFRED HORNIG WEISSER, chileno, soltero, agricultor, cédula de identidad número 10.376.354-1; doña YANINA PAOLA JARA RODRÍGUEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniera en administración, cédula de identidad número 14.350.298-8; doña ELLEN PAULINE HORNIG YUNGE, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad número 19.863.799-8; y don ANDREAS PHILLIP HORNIG YUNGE, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número 20.266.079-7; todos domiciliados para estos efectos en Fundo Colegual, sector de Vivanco, comuna de Río Bueno, todos de paso por ésta; modificaron el objeto social de la sociedad “AGRÍCOLA COLEGUAL SpA”, RUT 76.948.348-9, ampliándolo; constituida mediante escritura pública de fecha 05-11-2018, ante doña María Lidia Díaz Díaz, Abogado y Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, Titular de las comunas de Río Bueno y Lago Ranco, número de repertorio 1.467-2018, un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 93, número 71 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Río Bueno, correspondiente al año 2018, asimismo, se publicó un extracto en el Diario Oficial con fecha 10-11-2018, edición número 42.201.-, siendo los únicos y actuales accionistas, según ya se dijo, los comparecientes ya individualizados, conforme a la certificación que por este acto otorga el Notario autorizante del presente instrumento conforme al Libro de Registro de Accionistas de la sociedad en el cual consta que a esta fecha la sociedad tiene un capital estatutario de $4.000.000.-, dividido en 4.000.- acciones, respecto de las cuales doña BRUNY KILDA WEISSER ROSAS, es titular de 1.000.- acciones, don ALEX RICHARD HORNIG WEISSER, es titular de 750.- acciones, don HEINZ ALFRED HORNIG WEISSER, es titular de 750.- acciones, doña YANINA PAOLA JARA RODRÍGUEZ, es titular de 750.- acciones, doña ELLEN PAULINE HORNIG YUNGE, es titular de 375.- acciones y don ANDREAS PHILLIP HORNIG YUNGE, es titular de 375.- acciones. MODIFICACIÓN: OBJETO SOCIAL; Los accionistas de la Sociedad AGRÍCOLA COLEGUAL SpA, acuerdan modificar el ARTÍCULO CUARTO de la cláusula SEGUNDA denominada ESTATUTOS. DISPOSICIONES PERMANENTES, de los Estatutos Sociales contenidos en la escritura pública de fecha 05-11-2018, otorgada ante doña María Lidia Díaz Díaz, Abogado y Notario Público y Conservador de Bienes Raíces Titular de las comunas de Río Bueno y Lago Ranco, número de repertorio 1.467-2018, ampliando el objeto social, en el siguiente sentido después del punto y guión de dicho artículo y existiendo ahora un punto seguido; Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, la sociedad tendrá también por objeto la compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces agrícolas o rústicos, su explotación, administración y percepción de sus frutos, pudiendo construir, en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros. Conforme a lo expuesto el texto refundido y definitivo del ARTÍCULO CUARTO de la cláusula SEGUNDA denominada ESTATUTOS. DISPOSICIONES PERMANENTES, queda de la siguiente forma; El objeto principal de la sociedad será la explotación agrícola, ganadera y forestal en todas sus formas, por cuenta propia o ajena, de toda clase de predios rústicos, sean éstos de dominio de la compañía que por este acto se constituye, de sus accionistas o de terceros, sea que dicha explotación se realice como propietario, usufructuario, arrendatario o a cualquier otro título; pudiendo celebrar todo tipo de contratos de mediería de ganado, dedicarse a la crianza, engorda, lechería, cultivos agrícolas; pudiendo asimismo producir, importar, exportar, comprar, vender, comercializar, industrializar productos agropecuarios, ganaderos y forestales.-. Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, la sociedad tendrá también por objeto la compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces agrícolas o rústicos, su explotación, administración y percepción de sus frutos, pudiendo construir, en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros. En lo no modificado se mantienen vigentes los Estatutos Sociales contenidos en la escritura pública de fecha 05-11-2018, otorgada ante doña María Lidia Díaz Díaz, Abogado y Notario Público y Conservador de Bienes Raíces Titular de las comunas de Río Bueno y Lago Ranco. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 19 de Abril de 2023. Doy Fe.-