DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VAY FOR REPUESTOS LIMITADA

CVE 2307219
Fecha instrumento
19 de enero de 2023
Notaría
Cuadragésima Primera

Instrumento

Fecha
19 de enero de 2023
Repertorio
2090
Notario
Félix Jara Cadot
Domicilio
Santiago
Comuna
Cuadragésima Primera

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Félix Jara Cadot, Notario Público de Santiago, Titular de la Notaría Cuadragésima Primera, con oficio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, certifica que por escritura pública de 19 de enero de 2023, otorgada ante mí, ANA MARÍA DEL CARMEN VARGAS REINOSO, chilena, viuda, comerciante, C.I. 6.882.232 – 7, y CECILIA DEL PILAR YAÑEZ VARGAS, chilena, sotera, periodista, C.I. 12.847.421 – 8, ambas domiciliadas en Brasil N° 147, comuna y ciuda d de Santiago, en escritura pública de fecha 4 de abril de 1.995, Notaria de Santiago, Raúl Perry Pefaur, Repertorio N° 2.090, constituyeron la sociedad “VAY FOR REPUESTOS LIMITADA”. Extracto inscrito a fojas 9.194 N° 7.424 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1.995, publicado D.O. 05 mayo 1.995.- De acuerdo con lo establecido en el cláusula 10° Décima de estatutos sociales, la liquidación de la sociedad será practicada de común acuerdo por los socios.- Las comparecientes y socias, acuerdan en forma unánime y en conformidad a lo establecido normativa vigente, a disolución anticipada de la sociedad “Vayfor Repuestos Limitada” , disolución que tiene efecto a contar del 31 de diciembre del año 2.020, fecha en la cual se puso término a las operaciones sociales.- Las comparecientes y socias se otorgan recíprocamente, el más amplio, completo y total finiquito respecto de todas las obligaciones que hubieren emanado o podido emanar del contrato de sociedad, declarando que nada se adeudan por ningún concepto.- LIQUIDACIÓN.- Se liquida la Sociedad conforme al balance de término de giro de 31 de diciembre del 2.020; la Sociedad no tiene pasivos y su único activo corresponde a la caja que asciende a la suma de $5.000.000.- , que los socios se reparten en dinero efectivo, en la proporción de su participación en el interés social, ANA MARÍA DEL CARMEN VARGAS REINOSO: $4.950.000.- y CECILIA DEL PILAR YAÑEZ VARGAS $50.000.- Por consiguiente, el haber líquido de la sociedad, una vez devueltos los aportes y pagadas las obligaciones, asciende a la suma de $0.- Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 19 enero de 2.023.