MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS PORTUARIOS CORONEL LIMITADA

RUT 76191914-8 CVE 2306844
Fecha instrumento
20 de abril de 2023

Instrumento

Fecha
20 de abril de 2023
Repertorio
529
Notario
GONZALO CAMIROAGA PIZARRO
Domicilio
Coronel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO CAMIROAGA PIZARRO, abogado, Notario Público Interino de Coronel, con oficio y domicilio en calle Sotomayor quinientos veinte de esta comuna , certifica: Por escritura pública otorgada ante mí con fecha 20 de abril año dos mil veintitrés , repertorio 529, HERNAN ELIAS ROMERO SAEZ, chileno , cédula nacional de identidad numero nueve millones ciento ochenta y dos mil seiscientos ochenta y uno guión k, empresario ,casado pero separado totalmente de bienes con doña Marcela Mabel de Lourdes Sandoval Veloso, empresario, con domicilio en Calle Sotomayor numero quinientos treinta y nueve comuna de Coronel, doña MARCELA MABEL DE LOURDES SANDOVAL VELOSO , chilena, cédula nacional de identidad numero nueve millones setecientos veintitrés mil ciento noventa guión siete, empresaria, casada pero separada totalmente de bienes con don Hernan Elias Romero Saez con domicilio en Calle Sotomayor numero quinientos treinta y nueve comuna de Coronel, don HERNAN JAVIER ROMERO SANDOVAL, chileno, cedula nacional de identidad numero diecinueve millones ochenta siete mil doscientos noventa y dos guión cero, estudiante, soltero, con domicilio en Calle Bureo numero dos mil trescientos diecisiete, sector Andalué, comuna de San Pedro de la Paz y doña CAROLINA NOEMI ROMERO SANDOVAL, chilena , cédula nacional de identidad numero diecisiete millones seiscientos trece mil quinientos noventa y cinco guión seis, ingeniera en administración , soltera, con domicilio en Calle Bureo numero dos mil trescientos diecisiete , sector Andalue, comuna de San Pedro de la Paz modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada SERVICIOS PORTUARIOS CORONEL LIMITADA constituida por escritura publica de fecha quince de mayo del año dos mil doce otorgada ante la Notario Publico que fue de Coronel doña Myriam Sanchez Sepulveda, Rol Unico Tributario numero SETENTA Y SEIS MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CATORCE GUION OCHO, con domicilio en la comuna de Coronel, cuyo extracto se inscribió a fojas ciento treinta numero ochenta y dos del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coronel del año dos mil doce y cuyo extracto se publico en el Diario Oficial de fecha dieciocho de mayo del año dos mil doce , edición numero cuarenta mil doscientos sesenta y cinco. En virtud de la escritura de constitución EL CAPITAL DE LA SOCIEDAD ES DE DIEZ MILLONES DE PESOS . Tal sociedad está actualmente vigente y en virtud de la referida escritura pública de constitución de la aludida sociedad, la administración, representación y el uso de la razón social corresponden al socio HERNAN ELIAS ROMERO SAEZ con las facultades indicadas en el estatuto social. Tal sociedad fue objeto de una modificación por escritura publica de fecha once de diciembre del año dos mil catorce otorgada ante la Notario Publico Interino que fue de Coronel doña Ingrid Rojas Luna, cuyo extracto se inscribió a fojas doce numero nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coronel del año dos mil quince y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de fecha nueve de enero del año dos mil quince. En tal escritura de modificación se efectuaron cesiones de derechos sociales en tal sociedad en términos tales que como consecuencia de las mismas , quedaron como únicos socios e interesados en la sociedad SERVICIOS PORTUARIOS CORONEL LIMITADA, DON HERNAN ELIAS ROMERO SAEZ con un setenta y cinco por ciento de participación en los derechos sociales , DOÑA MARCELA MABEL DE LOURDES SANDOVAL VELOSO con un ocho coma treinta y tres por ciento de participación en los derechos sociales, don HERNAN JAVIER ROMERO SANDOVAL con un ocho coma treinta y tres por ciento de participación en los derechos sociales y doña CAROLINA NOEMI ROMERO SANDOVAL con un ocho coma treinta y cuatro por ciento de participación en los derechos sociales, manteniéndose el capital social en la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS. En tal modificación social las partes, igualmente acordaron que en lo sucesivo la administración, representación y uso de la razón social permanecerán exclusivamente en el socio HERNAN ELIAS ROMERO SAEZ, con las facultades señaladas en los estatutos sociales y las partes además modificaron en tal oportunidad los estatutos sociales en lo concerniente a la distribución de las utilidades y perdidas de la sociedad, declarando que en lo sucesivo las utilidades y perdidas de la sociedad se distribuirán en partes iguales entre los socios, esto es , corresponderá a cada uno de los cuatro socios un veinticinco por ciento de las utilidades y perdidas de la compañía. Modificación acordada en la escritura publica de 20 de abril de 2023 que por este acto se extracta consiste: Los comparecientes como únicos socios e interesados en la sociedad referida, por este acto vienen en aumentar el capital social desde la suma de diez millones de pesos a que asciende actualmente , a la suma de cincuenta millones de pesos y siendo el aumento de capital por la suma de cuarenta millones de pesos, esta ultima suma es aportada por los socios de la siguiente forma: en este acto el socio don HERNAN ELIAS ROMERO SAEZ aporta la suma de treinta millones de pesos al contado y en dinero en efectivo que se entienden ingresados a caja social, en este acto la socia doña MARCELA MABEL DE LOURDES SANDOVAL VELOSO aporta la suma de tres millones trescientos treinta y dos mil pesos al contado y en dinero en efectivo que se entienden ingresados a caja social, en este acto el socio don HERNAN JAVIER ROMERO SANDOVAL aporta la suma de tres millones trescientos veinte mil pesos al contado y en dinero en efectivo, que se entienden ingresados a caja social y en este acto la socia doña CAROLINA NOEMI ROMERO SANDOVAL aporta la suma de tres millones trescientos treinta y seis mil pesos al contado y en dinero en efectivo que se entienden ingresados a caja social . En consecuencia, se da por suscrito , enterado y pagado en su totalidad el aumento de capital de todos los socios en los términos referidos para todo efecto legal. De tal manera en virtud de tal aumento de capital social que actualmente asciende a la suma de cincuenta millones de pesos, la participación o interés social de cada uno de los socios en el capital social es la siguiente: El socio HERNAN ELIAS ROMERO SAEZ detenta actualmente en total un setenta y cinco por ciento de participación social ascendente a la suma de treinta y siete millones quinientos mil pesos, la socia MARCELA MABEL DE LOURDES SANDOVAL VELOSO detenta actualmente en total un ocho coma treinta y tres por ciento de participación social ascendente a la suma de cuatro millones ciento sesenta y cinco mil pesos, el socio don HERNAN JAVIER ROMERO SANDOVAL detenta actualmente en total un ocho coma treinta y tres por ciento de participación social ascendente en total a la suma de cuatro millones ciento sesenta y cinco mil pesos y la socia CAROLINA NOEMI ROMERO SANDOVAL detenta actualmente en total un ocho coma treinta y cuatro por ciento de participación social ascendente en total a la suma de cuatro millones ciento setenta mil pesos. Se deja especial constancia que estos aumentos de capital provienen de las utilidades acumuladas de ejercicios anteriores . Se modifica el giro u objeto social de la sociedad el cual será en lo sucesivo el siguiente: El giro u objeto social será la prestación de servicios portuarios de almacenamiento, bodegaje, servicios de carga y descarga por medios mecánicos y manuales, movimientos de estiba y desestiba en muelles portuarios y además, la realización por cuenta propia o ajena de negocios inmobiliarios, pudiendo desarrollar toda clase de operaciones de adquisición, compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, administración, explotación, loteo, subdivisión, fusión, urbanización, saneamiento , regularización y comercialización de toda clase de bienes raíces propios o ajenos; la permuta, leasing, leaseback y dación en pago de toda clase de bienes raíces propios o ajenos, sea por naturaleza o por adherencia o destinación, amoblados y sin amoblar; y en general , la celebración de toda clase de actos y contratos respecto de bienes raíces sea por naturaleza o por adherencia o destinación; actividades de inversión, comercialización y operación comercial de toda clase de valores mobiliarios, el desarrollo de actos y negocios destinados a obtener la rentabilidad de capitales, instrumentos financieros, sea renta o activos fijos o variable, títulos o documentos representativos de dinero o capital, tales como acciones, bonos, títulos de créditos, operaciones de bolsa y en el mercado de capitales, compraventa de moneda extranjera, facturas y la inversión de capitales, sea en sociedades de personas o de capital y la participación social, creación y administración de toda clase de sociedades comerciales, sea de personas o de capital cualquiera sea su rubro u objeto comercial y, en general, inversiones en otras sociedades, inversiones financieras , negocios inmobiliarios y, toda actividad relacionada, semejante o complementaria de las anteriormente señaladas o cualesquiera otra actividad de prestación de servicios y comercial que los socios acuerden dentro de tales giros referidos. Asimismo, se modifica el nombre o razón social de la sociedad, el cual será en lo sucesivo “ SERVICIOS PORTUARIOS E INVERSIONES SERPOCOR LIMITADA”, pudiendo también abreviarse la expresión “ limitada “ por “ LTDA”. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá actuar ante organismos públicos y privados con el nombre de fantasía de “SERPOCOR LTDA”. Las modificaciones a los estatutos sociales empiezan a regir y a surtir efectos jurídicos a partir de la fecha de otorgamiento de la escritura extractada. Las partes, ratifican los estatutos sociales en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social permanecerán exclusivamente en el socio HERNAN ELIAS ROMERO SAEZ, con las facultades señaladas en tales estatutos sociales. Las partes además ratifican y confirman los estatutos sociales en lo concerniente a la distribución de las utilidades y perdidas de la sociedad, declarando que las utilidades y perdidas de la sociedad se distribuirán en partes iguales entre los socios, esto es , corresponderá a cada uno de los cuatro socios un veinticinco por ciento de las utilidades y perdidas de la compañía. Declaran los comparecientes que se tienen estas modificaciones como parte integrante de los estatutos sociales , para todos los efectos legales y tributarios a que haya lugar, quedando plenamente vigentes y subsistentes las demás estipulaciones del pacto social, en todo lo no modificado. Demás estipulaciones en escritura extractada. CORONEL ,24 de ABRIL del año 2023.