CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SAN JOSÉ LIMITADA

RUT 76248690-3 CVE 2307357
Capital
$3.000 CLP
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Repertorio
7912
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
Inmobiliaria San José Ltda
Capital
$3.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
8 años a contar de esta fecha, renovada por períodos iguales en la forma establecida en contrato social

Objeto social

El objeto sobre el que versarán las negociaciones a que se dedicará la sociedad serán a) La ejecución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de construcciones, obras y edificaciones, tales como viviendas, edificios, puentes, caminos, tranques, obras de regadío, túneles, puertos, aeropuertos, movimientos de tierra; b) La urbanización y dotación de inmuebles, urbanos o rurales; c) La prestación de toda clase de servicios y asesorías en materias y negocios inmobiliarios, pudiendo asesorar, proyectar, planificar, organizar, dirigir y administrar todo tipo de obras; d) La realización de inversiones en toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales; la planificación, desarrollo y ejecución de loteos, conjuntos habitacionales, deportivos, turísticos, recreacionales o sociales y de toda clase de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, arrendamiento y la comercialización en general de toda clase de bienes inmuebles o de derechos en ellos y el desarrollo y promoción, por cuenta propia o ajena, de negocios inmobiliarios; e) la inversión en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, efectos de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y f) La constitución de sociedades o asociaciones de cualquier tipo y el ingreso a ellas, sea en calidad de socio o accionista, su modificación y la administración de las mismas. g) la explotación agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, de predios rústicos por cuenta propia u)o ajena, transformación, comercialización, exportación, o importación de los productos de dicha explotación, producción, procesamiento, distribución, comercialización de materias primas, alimentos concentrados, semillas fertilizantes, y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia o de terceros, y la relación de cualquier otra actividad que tenga relación directa o indirecta con el agro. La administración y uso de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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FÉLIX JARA CADOT, notario público 41º Notaría de Santiago, paseo Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, Repertorio N° 7.912; ASESORÍAS E INVERSIONES DOMU LIMITADA, Rut: 76.248.690-3 representada legalmente por don HERNÁN CLAUDIO DOREN LOIS; la Sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES LEONARDO DANERI y COMPAÑÍA LIMITADA, Rut: 76.122.420-4, representada legalmente por don LEONARDO PROSPERO DANERI JONES, chileno, casado, ingeniero civil, cédula de identidad número seis millones trescientos treinta y cuatro mil quinientos cuarenta y siete guión cuatro; y la Sociedad EL TRANQUE S.A., Rut: 96.999.480-1, representada legalmente, y en forma conjunta por don HERNÁN CLAUDIO DOREN LOIS y don LEONARDO PROSPERO DANERI JONES, todos con domicilio en Ernesto Reyes 055, Providencia, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto respectivos aportes. RAZÓN SOCIAL: INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SAN JOSÉ LIMITADA, y como nombre de fantasía: Inmobiliaria San José Ltda. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de sucursales, agencias otros puntos del país o extranjero. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer sucursales resto país o extranjero. Objeto social: El objeto sobre el que versarán las negociaciones a que se dedicará la sociedad serán a) La ejecución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de construcciones, obras y edificaciones, tales como viviendas, edificios, puentes, caminos, tranques, obras de regadío, túneles, puertos, aeropuertos, movimientos de tierra; b) La urbanización y dotación de inmuebles, urbanos o rurales; c) La prestación de toda clase de servicios y asesorías en materias y negocios inmobiliarios, pudiendo asesorar, proyectar, planificar, organizar, dirigir y administrar todo tipo de obras; d) La realización de inversiones en toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales; la planificación, desarrollo y ejecución de loteos, conjuntos habitacionales, deportivos, turísticos, recreacionales o sociales y de toda clase de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, arrendamiento y la comercialización en general de toda clase de bienes inmuebles o de derechos en ellos y el desarrollo y promoción, por cuenta propia o ajena, de negocios inmobiliarios; e) la inversión en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, efectos de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y f) La constitución de sociedades o asociaciones de cualquier tipo y el ingreso a ellas, sea en calidad de socio o accionista, su modificación y la administración de las mismas. g) la explotación agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, de predios rústicos por cuenta propia u/o ajena, transformación, comercialización, exportación, o importación de los productos de dicha explotación, producción, procesamiento, distribución, comercialización de materias primas, alimentos concentrados, semillas fertilizantes, y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia o de terceros, y la relación de cualquier otra actividad que tenga relación directa o indirecta con el agro. La administración y uso de razón social: corresponderá La calidad de administradores corresponderá y será ejercida en forma conjunta por dos personas naturales, pero deberán representarla un Administrador H con un Administrador L. Los administradores H serán el señor Hernán Claudio Doren Lois, y el señor Hernán Matías Doren Muñoz, y los administradores L serán los señores Leonardo Prospero Daneri Jones y don Felipe Eduardo Avallay Montero. Conforme lo anterior, la administración y uso de la razón social corresponderá en forma conjunta por un apoderado H con un apoderado L. Capital: $3.000.000 aportados en dinero efectivo, cada socio aporta la suma de $1.000.000 de pesos en dinero efectivo los cuales ingresarán dentro de los treinta días siguientes a la constitución de la presente sociedad al haber social. Duración: 8 años a contar de esta fecha, renovada por períodos iguales en la forma establecida en contrato social. Santiago, 04 de abril de 2023, F. JARA. C.N.